Taller de Lectura # 108- Abril de 2018
“Corrupción: Peligro que nos
afecta a todos”
Por: Lázaro Barredo (Periodista cubano. Fue director del
diario Granma y coautor del libro “El Camaján”. Ahora trabaja como periodista
en la Revista Bohemia).
26 febrero 2018 – Tomado de
Cubadebate
La corrupción política, judicial y administrativa está
dentro de los principales problemas que preocupan hoy a la inmensa mayoría de
las naciones del planeta. Es causa de crisis social y de descréditos de
gobiernos y partidos, cuyos daños económicos a nivel mundial alcanzan, solo en
pagos de sobornos, la impresionante cifra de más de un millón de millones de
dólares anualmente, según investigaciones de organismos internacionales
especializados, como el Banco Mundial.
Para Cuba, este flagelo se concentra en lo fundamental en la
gestión empresarial y administrativa y, aunque no pone en riesgo su gobernabilidad,
no es tan solo un perjuicio económico. La corrupción constituye una potencial
amenaza a la seguridad nacional, porque quienes la practican se aprovechan y
utilizan en beneficio propio los recursos que el Estado ha puesto en sus manos
para el desarrollo de sus funciones y pretenden satisfacer intereses
individuales de lucro y ostentación. En la degeneración de los valores éticos,
morales y políticos, sus comisores terminan por enajenarse del proceso
revolucionario, llegando incluso a preparar condiciones de vínculos en el
exterior y a iniciar el camino de traición a la patria.
La corrupción es proceso o conducta que se manifiesta
estrechamente vinculada al delito. Sus acciones extendidas en la prestación de
servicios provocan un grave daño moral a la nación, lastran seriamente la
credibilidad de la Revolución ante la opinión pública y cual oposición
contrarrevolucionaria ataca la efectividad deseada en el sostenimiento del
orden, la disciplina y la institucionalidad del país.
Es un fenómeno tan contaminante que puede generar apatía en
muchos sectores de la sociedad. El peligro mayor es que tanto la población como
los actores económicos no aprecien con mucha preocupación estos hechos, no
tengan percepción del riesgo que representan para la nación, convivan con ellos
y no actúen con la repulsa necesaria.
Sin una participación ciudadana no habrá una presión
efectiva contra las acciones corruptas que muchas veces solo pueden detectarse
a partir del nivel de vida de los involucrados (de ahí la importancia de la
transparencia) porque una buena parte de los recursos resultantes de los hechos
delictivos se comercializan en los propios establecimientos del Estado, donde
son introducidos por los implicados, quienes así involucran más personas, y
simulan legalidad de las ventas, dificultando el enfrentamiento.
El ciudadano honesto que hoy sale a las calles en sus
gestiones, no siempre tiene manera de sentirse defendido como consumidor ni en
los precios, ni en la tranquilidad de que va a encontrar soluciones en las
propias entidades del Estado. Basta ir a una tienda para darse cuenta de la
clase de negocio que existe para impedir que las personas accedan directamente
a las ventas estatales y estén obligadas a carenar en el “foráneo” que está en
la puerta del mismo centro comercial y te ofrece lo humano y lo divino, muchas
veces salido de los propios almacenes de la tienda. Peor todavía es la
tramitología ante entidades administrativas en las cuales hay personas que
abusan de su función pública a quienes hay que darles dinero “por la izquierda”
para poder encontrar soluciones en el tiempo adecuado.
Novedosas formas de
actuar antijurídicas
Desde antes del período especial estamos enfrentados en
ciertas áreas de servicios a esta degeneración, que se ha ido agudizando cada
vez más por la falta de exigencia administrativa, y el incumplimiento
intencional o negligente de la función de control por las personas
responsabilizadas en los diferentes niveles, que es la verdadera fuente de las
causas y condiciones que posibilitan el desvío de recursos, los sobornos y
abusos de cargos.
Las medidas en proceso para la actualización del modelo
económico cubano, esencialmente las nuevas formas de gestión no estatal de la
propiedad, han generado presión sobre las entidades y sus directivos por la
demanda de recursos y servicios (ante la carencia de un mercado mayorista de
materias primas para desarrollar su actividad), a lo cual se une la
insatisfacción de necesidades esenciales, lo que sin dudas incide en la
permisibilidad y aceptación de estos hechos.
Igualmente, el incremento de los precios de los productos de
primera necesidad, y la disminución del poder adquisitivo del salario, son
factores objetivos que impactan en la actuación de personas inescrupulosas, que
justifican su pérdida de valores con lo que han dado en llamar “luchar”.
De ahí que los delitos económicos asociados a la corrupción
mantienen su impacto negativo en los sectores de la economía relacionados con
la producción, distribución, comercialización y venta de alimentos y otros
productos de alta demanda popular, a partir de cadenas delictivas que
involucran a directivos, trabajadores y fuerzas de seguridad y protección,
cuentapropistas y personas desvinculadas que quieren mantener un alto nivel de
vida con este “trapicheo”. La violación de funciones, normas éticas, además del
débil control interno y la desidia en el accionar dentro de algunos colectivos
de trabajo, constituye hoy la base fundamental de abastecimiento al mercado
ilegal.
En estas condiciones se reiteran o han surgido novedosas
formas de actuar antijurídicas mediante defraudaciones, evasiones fiscales,
lavado de activos, falsificaciones, obtención de ilícitos provechos durante las
transacciones comerciales o en el ejercicio de la administración de bienes,
entre otras, con negativo impacto en la economía estatal, donde aparecen
vinculados por su complicidad funcionarios y empleados estatales.
También en este contexto, autoridades de la Fiscalía señalan
la detección de un creciente vínculo con el exterior en la ocurrencia de
ilícitos penales, en ocasiones por el empleo de las nuevas tecnologías y
disponibilidad financiera de algunos delincuentes, incluidos emigrados,
repatriados y extranjeros, varios de ellos vinculados a las formas de gestión
no estatal, con un marcado carácter corruptor hacia directivos y funcionarios
de entidades estatales.
Los sectores más perjudicados son las dependencias de los
órganos locales del Poder Popular, Comercio y Gastronomía, Agricultura,
Transporte, Industria Alimentaria, Sistema de Vivienda y Planificación Física,
empresas nacionales importadoras y la actividad de comercio exterior y
sucursales extranjeras en el país, donde por lo general están involucrados
directores, subdirectores económicos y productivos, jefes de unidades
empresariales de base, jefes de departamentos jurídicos y especialistas.
Ahora, además, aparece un matiz nuevo y es que en ocasiones
los directivos no siempre son los organizadores del negocio ilícito, sino que
en su lugar debutan empleados, choferes u otros no vinculados laboralmente como
organizadores de los hechos, valiéndose del poder financiero que poseen. Por
excepción, se han detectado casos de directivos en organismos y lo más
lamentable es que casi todos se venden por bagatelas para beneficiar a los
corruptores.
La Contraloría General de la República ha señalado que la
reiteración de causas y condiciones devela las fallas en los sistemas de
control interno. También están las irregularidades en la planificación
económica y en la ejecución y liquidación del presupuesto, así como la
insuficiente definición e incumplimiento de los mecanismos reguladores
generales de la economía.
Asimismo, se agregan las vulnerabilidades en actividades
claves, como las inversiones, los procesos de negociación y contratación
nacional e internacional, que son vulnerados de diferentes formas, además de
las fisuras en la disciplina social y laboral, y la pérdida del valor del
trabajo como medio de vida principal.
A tenor de la última rendición de cuenta de la Fiscalía
General de la República y el Tribunal Supremo Popular ante la Asamblea
Nacional, se reiteró que todavía hay poca respuesta de los organismos, las
empresas y el resto de la administración en la detección de los hechos, lo que
implica que las acciones de control externo realizadas por las entidades
especializadas del Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la República
y la Contraloría General de la República se realizan cuando ya se produjo el
hecho y se generó la afectación al patrimonio estatal.
Los principales modus operandis identificados se
corresponden con:
1) las falsedades documentarias para justificar el desvío de
productos y bienes durante su posterior comercialización en mercados estatales,
tiendas y el mercado ilegal;
2) adulteración de documentos para legalizar la adjudicación
de inmuebles o terrenos, a cambio de efectivo u otros beneficios personales;
3) realización por cajeros de operaciones cambiarias a
través de Cadeca, sin registrarlas contablemente por efectuarlas con efectivo
particular;
4) pagos a trabajadores por cuenta propia por resultados de
trabajo que no son reales;
5) aceptación de beneficios otorgados por directivos de
firmas foráneas durante el proceso de negociación y concertación de contratos,
consistentes principalmente en la aceptación de comisiones, pagos de viajes al
extranjero, cenas, regalos, entre otros;
6) cobro ilegal de servicios médicos;
7) obtención de beneficios para retardar o incumplir la
ejecución de sentencias de los tribunales y
8) organizar y mantener negocios ilegales particulares
paralelos a la actividad comercial de entidades cubanas en el exterior.
Cuando una persona se corrompe es capaz de provocar
perjuicios severos a la economía, no solo por robar uno u otro recurso, sino al
cometer delitos que propician la actividad subversiva y ponen en riesgo la
ejecución de proyectos estratégicos.
Especialización en
enfrentamiento a la corrupción
El general de ejército Raúl Castro Ruz alertaba en el mes de
julio de 2013 ante la Asamblea Nacional del Poder Popular: “El cumplimiento
gradual de las nuevas medidas en el campo económico que incluyen las formas de
gestión no estatal, experimentos de diferentes tipos y otras decisiones,
condicionará la manifestación de delitos e ilegalidades con métodos diferentes
de organización, dirigidos a vulnerar los sistemas contables y de
enfrentamiento administrativo y jurídico penal, como las inversiones por
cubanos residentes en el exterior o a través de sus familiares, y no se
descarta la utilización de capital obtenido ilícitamente, que se convierte en
una variante de blanqueo o lavado de dinero”.
Conversando sobre estos temas en la Fiscalía General de la
República con Pedro Pablo Cutiño Diéguez, fiscal-Jefe de la Dirección de
Enfrentamiento a la Corrupción e Ilegalidades, y con Alina Montesinos Lee,
fiscal-jefa de la Dirección de Información y Análisis, salió a relucir que en
el ordenamiento legal cubano se han previsto herramientas que propician la
prevención de la ocurrencia de hechos de corrupción.
Estas incluyen desde las normas elementales de la
contabilidad, el control interno, la auditoría, la realización de
verificaciones fiscales, todas estas de carácter eminentemente profiláctico y
preventivo, hasta las que permiten el enfrentamiento al hecho concreto
detectado, que van desde los típicos delitos, previstos y sancionados en el
Código Penal, hasta la aplicación de procedimientos confiscatorios
administrativos de los bienes obtenidos de manera indebida.
Los delitos que se manifiestan en general y que concentran
los actos de corrupción son los siguientes:
1) malversación; 2) cohecho; 3) tráfico de influencias; 4)
evasión fiscal; 5) prevaricación; 6) lavado de activos; 7) acto en perjuicio de
la actividad económica o la contratación; 8) estafa; 9) negociaciones ilícitas;
10) revelación de secretos administrativos de la producción o los servicios;
11) abuso en el ejercicio de cargo o empleo en entidad económica; 12)
revelación de pruebas para la evaluación docente; 13) abuso de autoridad; 14)
ocultación u omisión de datos; 15) apropiación indebida y 16) enriquecimiento
ilícito.
En nuestra opinión, quizás sea ineludible acelerar el pensamiento
sobre la necesidad de trabajar por una ley anticorrupción en Cuba, que permita
fortalecer la codificación en una sola norma legal de los principios, las
relaciones entre los factores institucionales que intervienen en el combate y
establecer normas básicas de actuación de obligatoria observancia para todos,
lo cual acrecentaría la institucionalidad del enfrentamiento.
Por lo pronto, las herramientas antes mencionadas resultan
de vital importancia en la adopción de las medidas correspondientes con la
inmediatez requerida para exigir responsabilidad directa y colateral.
En la evaluación de los años 2016 y 2017 se han tramitado
varias decenas de procesos penales por hechos de corrupción y los principales
responsables fueron sancionados con severas penas de privación de libertad. Los
tribunales impusieron las sanciones accesorias de prohibición del ejercicio de
una profesión, cargo u oficio, comiso o confiscación del patrimonio adquirido,
así como la exigencia de la responsabilidad civil derivada del delito, la que
resultó cuantificada en millones en moneda total.
En la ejecución de las sanciones se da seguimiento a la
ubicación de los inculpados en los centros penitenciarios para asegurar el
rigor en el cumplimiento de las condenas.
Igualmente, la Fiscalía General de la Republica realizó
acciones de control mediante investigaciones y verificaciones, dirigidas
fundamentalmente a las actividades vinculadas con la Agricultura, Comercio
Interior, Transporte, Industria Alimentaria, órganos locales del Poder Popular
y a los sectores no estatales (cooperativas no agropecuarias y el trabajo por
cuenta propia) en las que se detectaron violaciones de la legalidad, por lo que
se realizaron pronunciamientos disciplinarios contra los infractores y los
responsables colaterales.
También entre finales del año 2015 y el 2017 se llevaron a
cabo 23 procedimientos confiscatorios al amparo del Decreto-Ley 149 de 1994 por
un patrimonio total de 135 millones de pesos, en las provincias de Pinar del
Río, Mayabeque, La Habana, Matanzas, Cienfuegos, Sancti Spíritus, Las Tunas,
Granma y Santiago de Cuba, donde resultaron expedientadas 25 personas, de ellas
varios funcionarios, y otras 126 como terceros beneficiados (algunos que
actuaron como testaferros o prestanombres).
Entre las principales ilegalidades en las que intervinieron
los expedientados y sus terceros beneficiados, se encuentran la falsificación
de documentos notariales para evadir las obligaciones tributarias
(fundamentalmente en la adquisición de vehículos y viviendas); sustracción de
electricidad para negocios particulares, otorgamiento de dádivas a inspectores
y otros funcionarios públicos, con el propósito de lograr el beneficio y la
impunidad de sus actos.
En este período se incrementó la participación popular en el
ejercicio del derecho constitucional de dirigir quejas y denuncias a los
órganos y entidades estatales y la obligación de estos de ofrecer la respuesta
correspondiente.
En el año 2016, en la Fiscalía General de la República se
recibieron 196 denuncias sobre fenómenos de corrupción por las diferentes vías
alternativas de comunicación establecidas en esa institución como parte del
perfeccionamiento de atención a los ciudadanos, tanto en contactos
personalizados, la línea telefónica, el correo postal, la entrega personal y el
portal web.
Pero el enfrentamiento con la participación de la ciudadanía
pudiera ser mayor. Hay cofradía ante determinados hechos que son muy difíciles
de afrontar porque no hay denuncias o son escasas. Por ejemplo, es evidente que
la ineficiencia reduce la calidad de las entidades que prestan servicios al
público y, por consiguiente, estimula que el cliente tenga que ofrecer dinero a
cambio de recibirlos. Sin embargo, hay personas a las que se les propone
entregar dádivas a funcionarios públicos para resolver una gestión o un
trámite, y no lo denuncian, por lo que no es posible actuar. Esos hechos son de
los que más desmoralizan y ponen en tela de juicio la honradez del país y la
moralidad de la mayoría de sus funcionarios.
Durante uno de los períodos de sesiones de la Asamblea
Nacional que analizó el enfrentamiento al delito, el Comandante en Jefe Fidel
Castro Ruz señalaba: “…la cuestión de la lucha por la legalidad, por la
disciplina y contra los que delinquen contra la propiedad del Estado, tiene que
ser muy firme y muy consecuente… si no, resulta que habremos derrotado al
imperialismo y los ladrones casi nos van a derrotar a nosotros…”.
Casos juzgados
Presentamos a los
lectores algunos casos juzgados y sancionados con sentencias firmes, publicados
en boletines en el portal web del Tribunal Supremo Popular (www.tsp.gob.cu).
·
El Tribunal dictó sentencia contra nueve
funcionarios de Etecsa, la empresa constructora integral de Guantánamo y un
intermediario de una entidad foránea por los delitos de actos en perjuicio de
la actividad económica o de la contratación, incumplimiento del deber de
preservar los bienes de entidades económicas, malversación y actividades
económicas ilícitas, imponiendo sanciones de privación de libertad entre nueve
y cuatro años, y un caso con un año de privación de libertad subsidiada por
trabajo correccional sin internamiento. A todos se les aplicaron, además, las
medidas accesorias del caso.
En el proceso quedó probado que los acusados que se
desempeñaban como director de la Dirección Territorial Este y jefe de
logística, respectivamente, en una dependencia de la Empresa de
Telecomunicaciones de Cuba, en La Habana (por sus siglas, Etecsa), conocían que
el contrato no debía hacerse porque contenía cláusulas ambiguas sobre las
funciones que cada entidad tenía que cumplir, porque definía al ejecutor del
contrato (la unidad empresarial de base Brigada No. 1, perteneciente a la
Empresa Constructora Integral de Guantánamo) como suministrador de materiales,
cuando, en realidad, sabían que era la entidad extranjera Jaba-Balear S.L, la
que cumplía ese papel.
Además, al proceso de negociación y concertación del
contrato no se acompañaron todos los documentos que exigía la legislación
vigente porque, de haberse hecho así, la representación foránea no hubiera
podido pactar negocios, pues no tenía inscripción en la Cámara de Comercio ni
constaba referencia alguna en los archivos del Ministerio de Comercio Exterior
para su operación en el territorio nacional, y esa falta, que era de
conocimiento de todos los firmantes, invalidaba su existencia.
Por su parte, el director general de la Empresa Constructora
Integral de Guantánamo realizó modelos de solicitud de compras de moneda
extranjera, de conjunto con otro acusado, aun cuando en esa institución no
existía copia del contrato con Etecsa y, además, sabía que ese desembolso no
había sido aprobado en el Comité de divisas, del que ellos eran los máximos
responsables.
No obstante, propiciaron que se hicieran pagos a Jaba-Balear
S. L. que no tenían soporte documental ni contable, de ahí que esa falta no
pueda entenderse como un acto sin importancia o trascendencia porque los
responsables estaban conscientes de su contenido y cooperaron de manera
efectiva con su resultado.
Otros acusados también tuvieron conocimiento pleno de la
ilicitud de la negociación cuando se produjo el proceso de liquidación de la
empresa constructora y, no obstante, continuaron con ella y consintieron
trámites contables sobre ofertas, facturas y pagos anticipados que provocaron
daños económicos a la empresa.
La continuación de labores de ejecución de obra por una
brigada extinta dio lugar a que se emitieran certificaciones de obra de un
contrato que no se fiscalizó y no contaba con respaldo financiero.
Varios sancionados mantenían vínculos laborales con empresas
cubanas, donde debían velar por los recursos materiales y financieros que
conformaban el patrimonio de esas entidades, y en el ejercicio de sus funciones
faltaron a la integridad de sus cargos porque primó en sus desempeños
indiferencia, conducta dañina y reprochable.
Una encausada, que se desempeñaba como contadora, tenía
entre sus obligaciones verificar la pertinencia de los pagos anticipados
provenientes del cumplimiento de los contratos que se hacían en su entidad. Sin
embargo, al emitir un cheque solicitado por otro de los encartados no revisó
los documentos que lo amparaban. Así obró, de manera deliberada, pese a que, en
ocasiones anteriores le habían devuelto otros por no ser procedentes.
También fue sancionado severamente uno de los acusados por
otras ilicitudes que dañaron los fondos monetarios de varias entidades cubanas.
La avaricia personal y el propósito de beneficiar al extranjero para el que
trabajaba, provocaron pérdidas de recursos vitales para el desarrollo económico
del país.
·
Por el delito de cohecho fueron sancionados dos
funcionarios aduanales en La Habana con privación de libertad de ocho y seis
años, respectivamente, a los que además se les aplicaron las medidas accesorias
correspondientes, por haber actuado de común acuerdo en la exigencia de dinero,
violando sus funciones, para obtener ventajas económicas.
Ambos acusados solicitaban dinero para dejar pasar los
artículos de determinados viajeros en el local de revisión, evadiendo las
cámaras de vigilancia, y requerían que los billetes los depositaran dentro de
los pasaportes. Con esta conducta infractora de la ley atacaban la probidad,
honestidad y transparencia de la institución y del país.
·
Otro caso radicado por el Tribunal hace algún
tiempo ocurrió en Mayabeque, donde un grupo de personas desarrollaron una
secuencia de actos con el objetivo común de apoderarse de una importante
cantidad de dinero simulando una producción agrícola ficticia. En ese camino
hacia el crimen elaboraron documentos falsos para conseguir el desembolso de
capital en cada operación.
Por esa razón fueron sancionados seis funcionarios y
empleados con privación de libertad de entre 15 y cinco años, e impuestas las
medidas accesorias correspondientes, por los delitos de malversación,
falsificación de documentos bancarios y de comercio de carácter continuado,
incumplimiento del deber de preservar bienes en entidades económicas,
falsificación de documentos públicos de carácter continuado, receptación, y
portación y tenencia ilegal de armas o explosivos.
En este caso, un técnico de control de la calidad de una
empresa fue designado discrecionalmente para realizar compras de ajo y se
convirtió en el eje central de las actividades delictivas que tuvieron lugar:
tuvo la idea, nucleó a los participantes, buscó los mecanismos para organizar
un negocio fructífero para todos los implicados.
El implicado comprometió al jefe de balance de la Unidad
Empresarial de Base para que, de común acuerdo con los demás acusados, participara
en el defalco. La contribución de este funcionario era trascedente para que el
negocio ilícito se pudiera ejecutar. Otro tanto hizo con el jefe de
establecimiento de Batabanó, quien tramitaba las facturas del ajo no producido,
compraba, balanceaba y firmaba las compras ficticias con la complicidad activa
de otros operadores o controladores, quienes a su vez falsificaban los informes
de recepción para originar los reembolsos financieros.
Como parte de la evaluación político-criminal del caso pudo
comprobarse, además, que el principal responsable ejecutó otras acciones como
comprometer al jefe de operaciones de una unidad empresarial de base de
Batabanó, supeditada a la empresa eléctrica, para que le entregara tres
transformadores y 1 500 metros de alambre, que consignó en documentos oficiales
como que habían sido colocados en el sistema de riego en la agricultura.
Además, ordenó a un chofer que se los llevara a su domicilio, acto que de por
sí solo constituía un delito.
·
El Tribunal declaró probados los hechos contra
una funcionaria de la dirección municipal de la Vivienda en Artemisa acusada de
los delitos de cohecho, estafa y falsificación de documentos, e impuso la
sanción de 10 años de privación de libertad, con las accesorias del caso.
Esta funcionaria exigía dádivas para realizar actos
inherentes a sus funciones de entrevistar y tomar declaraciones, medir linderos
e investigar trámites y litigios, así como elaborar informes conclusivos de lo
investigado. Toda esa labor es la base de los proyectos de resoluciones y
decisiones que se adoptan en la dirección municipal de la Vivienda. En el
proceso quedó demostrado que en ese ilícito penal la funcionaria exigía
remuneración en su beneficio y luego, en los trámites y documentos,
“legalizaba” las ilegalidades cometidas por determinados ciudadanos.
·
Dos responsables de una entidad en Santiago de
Cuba fueron sancionadas por los delitos de malversación y falsificación de
documentos bancarios y de comercio, y privadas de libertad con 12 y ocho años,
respectivamente, con las medidas accesorias del caso, tras la ejecución de
actos ilícitos para lucrar con la apropiación de determinadas sumas de dinero.
Ellas se valieron de sus funciones y contenido de trabajo
para falsificar las nóminas de su centro laboral a la hora de efectuar el pago
del dinero extraído de la agencia bancaria por concepto de salarios y
vacaciones de los trabajadores. En este caso, se trataba de salarios de médicos
dejados de devengar.
·
El Tribunal Supremo Popular conoció y ratificó
el proceso criminal contra 12 ciudadanos, funcionarios y empleados bancarios
sancionados por el Tribunal Provincial Popular de La Habana por los delitos de
cohecho, falsificación de documentos bancarios y de comercio, malversación,
actividades económicas ilícitas, incumplimiento de obligaciones en entidades
económicas y falsificación de documento privado. Las penas de privación de
libertad oscilaron entre 15 y dos años, con las accesorias del caso.
Para lograr su propósito, el procesado principal ideó el
complejo fenómeno delictivo y logró la participación conjunta de individuos con
determinados niveles de organización y distribución de tareas, lo cual
clasifica dentro de las formas modernas de asociación criminal organizada.
En esta causa dos ciudadanos vinculados a una firma
extranjera fueron autores del delito de cohecho cuando entregaban sumas de
dinero y otros beneficios materiales a funcionarios y empleados del Banco
Internacional de Comercio S.A. para que les facilitaran sus gestiones. Esto les
aseguraba un trato privilegiado, la agilización de la información y gestión en
las operaciones financieras y comerciales que desarrollaban.
Una gestora de negocios bancarios en esa entidad, violando
sus funciones, facilitó la desaparición de fondos mediante fórmulas de pago
porque, sin verificar el expediente e incumpliendo las normas bancarias más
elementales, confeccionó cuatro mensajes diferentes con una carta de crédito y
a un solo destinatario, acción que dio lugar al desfalco de un millón 134
278.89 euros.
Luego, a pesar de estar obligada por razón de su cargo a
verificar que las cuantías transferidas se debitaran a favor de la entidad
acreditada en el expediente obrante en el Banco Internacional de Comercio S.A,
no revisó la documentación pertinente y sin emitir previamente aviso de pago al
Departamento de Posición, que debía autorizar el movimiento de fondos. Ignoró
los procedimientos por orientación de su jefe, según justificó.
Según el tribunal, si se aceptara como justificación que los
subordinados siempre realicen lo que manden los superiores no tendría sentido
que se establecieran las funciones y contenido de trabajo para los cargos
intermedios. Lo cierto es que la inculpada permitió con sus acciones que se
desfalcara al Estado la citada suma de dinero.
Otra acusada, gerente de cartas de crédito de esa propia
institución, autorizó de manera consciente la salida definitiva de los fondos
de las cuentas del Banco Internacional de Comercio S.A al exterior, después de
que la gestora anterior confeccionara los cuatro mensajes de pago por separado,
desglosados en 300 569.72 euros, 266 569.72 euros, 250 000. 00 euros y 317
139.45 euros.
Otra gestora fue sancionada ante la visible violación de las
normas elementales de seguridad informática, pues, conociendo la trascendencia
de las operaciones que podían realizarse desde su computadora, la dejó
encendida, abandonó su puesto de trabajo y descuidó las medidas de seguridad,
lo que provocó que alguien desconocido emitiera un mensaje de pago ficticio por
el importe de 861 525.25 euros.
También fue sancionada otra gestora por la misma causa, al
abandonar en una ocasión su oficina, dejando la computadora encendida con el
sistema abierto, y en otra, por irse a un salón de belleza y dejar activada su
clave de acceso, lo que dio lugar a que personas ajenas a su puesto utilizaran
su máquina para hacer transferencias.
Mientras, el acusado principal, con el apoyo ilícito de
otros acusados, a sabiendas de las prohibiciones legales, creó una empresa
ficticia con el objetivo de gestionar financiamiento, entregó fotocopias de
pasaportes para tal efecto y firmó una solicitud donde hacía constar la
necesidad de obtener finanzas para dicha empresa.
El 29 de enero de 2008 acudió, conjuntamente con otro de los
acusados, a la Oficina de Representación del Republic Bank Ltd. en La Habana,
donde crearon a favor de B&B Finance Ltd. la cuenta bancaria número
003111120739, con Amicorp Management Limited como rector legal que permitiese a
un tercer acusado ser firmante y accionista único.
La tramitación documental y bancaria para la creación de
entidades falsas fue ejecutada con el fin de adquirir ganancias patrimoniales
ilegítimas a partir de operaciones comerciales, consistentes en acciones de
intermediación financiera, préstamos y descuentos de documentos crediticios, a
favor de empresas financieras extranjeras que operaban en Cuba.
Como expresa la sentencia del Tribunal Supremo Popular esta
situación de corrupción afecta el crédito de la institución bancaria y de los
funcionarios que la representan.
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