Anteproyecto
de Constitución: Visión hacia el presente
y el
futuro de la Patria”
Aspectos principales del Anteproyecto de Constitución
Autor:
Granma - 13 de julio de 2018
El texto reafirma el carácter
socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel
rector del Partido Comunista de Cuba como fuerza dirigente superior de la
sociedad y el Estado.
La experiencia adquirida en
estos años de Revolución y los nuevos derroteros trazados a partir de la
implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social aprobados
en el VI Congreso del Partido, los objetivos emanados de su I Conferencia
Nacional, así como las decisiones que se adoptaron en el VII Congreso de la
organización partidista constituyen, entre otros aspectos importantes,
elementos que favorecieron e hicieron necesario llevar a cabo una reforma de la
actual Constitución de la República.
El compañero Miguel Díaz-Canel
Bermúdez, Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, en la sesión
extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el 2 de junio del
2018, expresó: «Desde hace varios años un grupo de compañeros, una parte de los
cuales son diputados y se encuentran dentro de los que se propone integren la
Comisión, fue encargado por el Buró Político de analizar el impacto que en el
orden constitucional tienen los cambios que se han venido experimentando, de
evaluar cuestiones que se requieren incorporar al texto constitucional, en
virtud de nuestras experiencias en la construcción del socialismo, y de
estudiar procesos constitucionales desarrollados en diversos países, así como
de profundizar en aspectos de nuestra historia y tradición constitucional».
El Grupo de Trabajo, presidido
por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, y con la colaboración y asesoría de
varios especialistas, elaboró las bases legislativas con vistas a la reforma de
la Constitución aprobadas por el máximo órgano de dirección del Partido el 29
de junio del 2014 y, luego de numerosas sesiones de estudio y debate, presentó
el resultado de su trabajo al Buró Político y al Pleno del Comité Central,
instancias en las que se realizó un profundo análisis de las propuestas.
Por acuerdo de la Asamblea
Nacional, en sesión extraordinaria celebrada el 2 de junio del presente año, se
acordó iniciar el proceso de Reforma Constitucional y aprobar como primer paso
la creación de una Comisión para estos fines. En representación de los diversos
sectores de nuestra sociedad, fueron seleccionados y aprobados 33 diputados que
integran la Comisión responsable de la elaboración de este Anteproyecto.
La Comisión, presidida por el
General de Ejército Raúl Castro Ruz, y con la presencia del Presidente de los
Consejos de Estado y de Ministros, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, y del Segundo
Secretario del Comité Central del Partido, José Ramón Machado Ventura, ha
venido desarrollando intensas jornadas de reflexión y análisis, tomando como
referencia los estudios realizados con anterioridad y el aporte de expertos de
diversas instituciones.
En fechas recientes, la Comisión
presentó un Anteproyecto de nueva Constitución de la República al VII Pleno del
Comité Central del Partido y al Consejo de Estado, en los que fueron analizados
profundamente cada uno de sus preceptos.
El documento será presentado a
la Asamblea Nacional del Poder Popular los días 21, 22 y 23 del presente mes
(julio), con el objetivo de que se estudie por todos los diputados y se apruebe
someterlo a la consulta con nuestro pueblo, principal artífice de este proceso.
ASPECTOS PRINCIPALES DE SU CONTENIDO
El proyecto es consecuente con
lo expresado por el compañero Raúl Castro Ruz, en la Primera Conferencia
Nacional del Partido, el 28 de enero del 2012, cuando señaló: « (...) dejar
atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar con intencionalidad
transformadora y mucha sensibilidad política la visión hacia el presente y el
futuro de la Patria, sin abandonar, ni por un instante, el legado martiano y la
doctrina del marxismo-leninismo que constituyen el principal fundamento
ideológico de nuestro proceso revolucionario».
El texto reafirma el carácter
socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel
rector del Partido Comunista de Cuba como fuerza dirigente superior de la
sociedad y el Estado.
Se trata de una propuesta de
nueva Constitución de la República, que derivará de un proceso de reforma total
al amparo del artículo 137 de la actual Carta Magna, en atención a los
profundos cambios que se proponen.
Artículo 137.- Esta Constitución sólo puede ser reformada, total o
parcialmente, por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo
adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras
partes del número total de sus integrantes.
Si la reforma es total o se refiere a la integración y facultades de la
Asamblea Nacional del Poder Popular o de su Consejo de Estado o a derechos y
deberes consagrados en la Constitución, requiere, además, la ratificación por
el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en
referendo convocado al efecto por la propia Asamblea.
En ella se define al Estado
cubano como un estado socialista de derecho, democrático, independiente y
soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria
e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad y la ética de sus ciudadanos,
que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política, la
equidad, la justicia e igualdad social, la solidaridad, el humanismo, el
bienestar, y la prosperidad individual y colectiva.
Es de significar que la
propuesta realza la supremacía de la Constitución dentro del ordenamiento
jurídico y la obligatoriedad de su acatamiento y cumplimiento por todos, así
como el imperio de la ley en la actuación de los órganos del Estado, sus
directivos y el pueblo.
El proyecto consta de un
Preámbulo y 224 artículos, divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16
secciones.
Los fundamentos políticos del
Estado socialista y revolucionario permanecen invariables y se incorporan dentro
de sus fines esenciales, entre otros, la promoción de un desarrollo sostenible
que asegure la prosperidad individual y colectiva, trabajar por alcanzar
mayores niveles de equidad y justicia social, así como preservar y multiplicar
los logros de la Revolución.
También es de significar la
obligación de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados,
de respetar y atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y
someterse a su control.
En lo relativo a las relaciones
internacionales se ratifican constitucionalmente los principios que sustentan
nuestra política exterior, incorporándose otros que no están en el actual
texto, entre ellos, la promoción del respeto al derecho internacional y a la
multipolaridad entre los Estados; el repudio a toda forma de terrorismo, en
particular el terrorismo de Estado; el rechazo a la proliferación y uso de
armas nucleares, de exterminio en masa u otras con efectos similares; la
protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio
climático, así como defiende la democratización del ciberespacio y condena su
uso con fines subversivos y desestabilizadores de naciones soberanas.
El sistema económico que refleja
mantiene como principios esenciales la propiedad socialista de todo el pueblo
sobre los medios fundamentales de producción y la planificación como componente
principal de dirección, a lo que se añade el reconocimiento del papel del
mercado y de nuevas formas de propiedad, entre ellas la privada, en
correspondencia con la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano
de Desarrollo Socialista y los Lineamientos de la Política Económica y Social
del Partido y la Revolución, resultado de la consulta con amplios sectores de
la sociedad.
Destaca la empresa estatal como
sujeto principal de la economía nacional y se le reconoce su autonomía como
principio esencial de funcionamiento.
Asimismo ratifica
constitucionalmente la importancia de la inversión extranjera para el
desarrollo económico del país, con las debidas garantías.
Respecto a la propiedad privada
sobre la tierra se mantiene un régimen especial, con limitaciones para su
transmisión y el derecho preferente del Estado a su adquisición mediante su
justo precio.
En cuanto a la ciudadanía se
propone afiliarnos al principio de ciudadanía efectiva consistente en que «los
ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no
pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera».
De manera singular refleja una
amplia gama de derechos, a tono con los instrumentos internacionales de los que
en esta materia Cuba es parte.
Ratifica el acceso y la
gratuidad en cuanto a la atención, protección y recuperación de los servicios
de salud, así como en la educación, desde la enseñanza preescolar hasta la
universitaria de pregrado, remitiendo a la ley el modo en que estos derechos
pueden desarrollarse.
Destacan el reconocimiento
constitucional de otros derechos esencialmente en materia de justicia y el
debido proceso, entre ellos, la presunción de inocencia; la reinserción social
de las personas privadas de libertad; ser tratados con respeto a su dignidad e
integridad síquica, física y moral, así como ser procesado y condenado por
tribunal competente, independiente, imparcial y preestablecido legalmente.
Se mantienen los derechos
relativos a la libertad de profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a
practicar la de su preferencia con el debido respeto a otros credos y de
conformidad con la ley.
Establece la obligación del
Estado, la sociedad y las familias de proteger y asistir a los adultos mayores,
así como la atención requerida por las personas discapacitadas para su
rehabilitación y el mejoramiento de la calidad de vida.
El contenido del derecho de
igualdad adquiere mayor desarrollo, al incorporar a los ya existentes, entre
otros, la no discriminación por identidad de género, origen étnico y
discapacidad.
El proyecto establece que los
derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la
seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, la
Constitución y la ley.
Igualmente se precisan
mecanismos de defensa de las personas ante los tribunales de justicia para la
salvaguarda de sus derechos, ante la acción u omisión indebida en sus funciones
de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados.
A la par de los derechos que se
reconocen, se definen además deberes cívicos y políticos a cumplir por los
ciudadanos, entre ellos, contribuir a los gastos públicos; guardar el debido
respeto a las autoridades y sus agentes; conservar y proteger los bienes y
recursos que se ponen al servicio de todo el pueblo.
En cuanto a la estructura del Estado
se significa lo siguiente:
La Asamblea Nacional del Poder
Popular conserva su condición de órgano supremo del Estado y único con potestad
constituyente y legislativa.
El Consejo de Estado se mantiene
como el órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con la
particularidad de que el presidente, vicepresidente y secretario de aquella, lo
son a la vez del Consejo de Estado, con
lo que se pretende lograr una mayor continuidad y vinculación entre ambas
instituciones.
Se instituye la figura del
Presidente y Vicepresidente de la República.
El Presidente ostenta la
condición de jefe de Estado, es elegido por la Asamblea Nacional del Poder
Popular, entre sus diputados, por un periodo de cinco años, y puede ejercer ese
cargo hasta dos mandatos consecutivos, luego de lo cual no lo puede desempeñar
nuevamente.
El Consejo de Ministros mantiene
su condición de máximo órgano ejecutivo y administrativo, constituye el
Gobierno de la República y estará bajo la dirección de un Primer Ministro,
cargo que se propone crear.
En cuanto a los tribunales la
principal novedad consiste en la posibilidad de integrarse de manera colegiada
o no en los actos de impartir justicia y la no participación obligatoria en todos
los casos de jueces legos.
En relación con los órganos
estatales de rango constitucional se propone incorporar con ese carácter a la
Contraloría General de la República e instituir al Consejo Electoral Nacional
para atender lo relativo a los procesos electorales en el país.
En los órganos locales del Poder
Popular es significativa la propuesta de eliminar las asambleas provinciales y
su órgano de administración y establecer, en su lugar, un Gobierno Provincial,
integrado por un Gobernador y un Consejo a ese nivel, conformado por los
presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular y los intendentes
(dirigen el Consejo de Administración Municipal).
A nivel municipal se plantea
extender el mandato de los delegados a cinco años y reconocerle al municipio
autonomía en cuanto a su gestión, con la finalidad de buscar una atención más
rápida y eficiente a los problemas y reclamos de la localidad.
Especial interés revisten las
garantías a los derechos de petición y participación local, entre las que se
mencionan la posibilidad de convocar consultas populares de asuntos de interés
de la localidad, el derecho de la población a proponer análisis de temas en las
asambleas y la correcta atención a las solicitudes, planteamientos, quejas y
denuncias de los ciudadanos.
Se desarrollan en un Título los
aspectos concernientes a la Defensa y Seguridad Nacional, definiéndose que la
concepción estratégica de defensa se sustenta en la doctrina de la Guerra de
Todo el Pueblo.
Se precisa que el Consejo de
Defensa Nacional es un órgano superior del Estado que dirige al país durante
las situaciones excepcionales y de desastre.
En lo relativo a la reforma de
la Constitución quedan precisados los sujetos autorizados a promoverla y se
mantienen las cláusulas de intangibilidad concerniente a la irrevocabilidad del
socialismo y el sistema político, social y económico, así como la prohibición
de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera.
Para la entrada en vigor de
parte de los contenidos se prevén disposiciones especiales, transitorias y
finales.
En fin, se trata de un proyecto
para consolidar y dar continuidad a un sistema socialista, democrático,
próspero y sostenible.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario