Informe
sobre las afectaciones del Bloqueo a Cuba del año 2019
A pesar
de las fuertes presiones ejercidas por los EE.UU., la comunidad internacional
rechazó sus propuestas, al tiempo que expresó una vez más, su apoyo abrumador a
la resolución de condena al bloqueo.
Autor:
Redacción Digital | internet@granma.cu
20 de
septiembre de 2019.
Desde
abril de 2018 hasta marzo de 2019, período que abarca el presente informe, el
recrudecimiento del bloqueo continuó siendo el eje central de la política del
gobierno de los Estados Unidos (EE.UU.) hacia Cuba, con efectos cada vez más
notables en su aplicación extraterritorial. La estrategia estadounidense se
enfocó en consolidar la confrontación y la hostilidad, tanto en el plano
declarativo como en la ejecución de medidas de agresión económica contra el
país.
El
clima de hostilidad en las relaciones bilaterales ha estado fuertemente marcado
por el incremento de la retórica agresiva del gobierno estadounidense contra
Cuba. Como parte de esta escalada, EE.UU. intentó introducir 8 enmiendas al
proyecto de resolución contra el bloqueo presentado por Cuba el 1ro de
noviembre de 2018 en la Asamblea General de las Naciones Unidas. El objetivo de
su maniobra era modificar la naturaleza del texto y fabricar pretextos para la
continuidad y el reforzamiento de su política genocida, recurriendo a falsas
alegaciones en materia de derechos humanos.
A pesar
de las fuertes presiones ejercidas por los EE.UU., la comunidad internacional
rechazó sus propuestas, al tiempo que expresó una vez más, su apoyo abrumador a
la resolución de condena al bloqueo.
El
presente informe evidencia cómo el bloqueo económico, comercial y financiero
impuesto contra Cuba, continúa representando un freno para el desarrollo de
todas las potencialidades de la economía cubana, para la implementación del
Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social del país, así como para la
consecución de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Desde
abril de 2018 hasta marzo de 2019, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el
orden de los 4 mil 343, 6 millones de dólares.
El
significativo impacto negativo de la aplicación de las medidas adoptadas
recientemente por los Estados Unidos para recrudecer el bloqueo contra Cuba no
está contabilizado en el presente informe, por exceder el cierre del periodo
analizado. Esta información estará recogida en el documento que se presentará
el próximo año.
A
precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de
aplicación de esta política alcanzan la cifra de 138 mil 843, 4 millones de
dólares. Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del
oro en el mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios
cuantificables por más de 922 mil 630 millones de dólares, valor que
representa un decrecimiento del 1,2 por ciento con respecto al período
anterior, debido a la disminución del precio del oro en 1,6 por ciento.
Transformar
el costo del bloqueo en capacidad de pago del país, permitiría disponer de una
fuente de financiamiento adicional, sustantiva y sostenida que otorgaría un
mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los sectores
estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030.
De esta manera, se crearían las condiciones necesarias para lograr gradualmente
ritmos sostenidos de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) anual.
En el
período analizado, el fortalecimiento de la aplicación extraterritorial del
sistema de sanciones contra Cuba se reflejó en constantes afectaciones a las
empresas, bancos y embajadas cubanas, las cuales enfrentan colosales obstáculos
en sus actividades comerciales y financieras en muchos países del mundo.
El
Departamento de Estado de los EE.UU., amplió en tres ocasiones la “Lista de
Entidades Cubanas Restringidas” que son objeto de sanciones adicionales a las
impuestas por las regulaciones del bloqueo. Esta medida ha ocasionado daños
considerables a la economía del país, por su efecto intimidatorio sobre la
comunidad empresarial internacional. A ello se sumaron las disposiciones de la
Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del
Tesoro y del Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento del Comercio
de los Estados Unidos de eliminar, a partir del 5 de junio de 2019, las licencias
generales para los viajes educativos grupales “pueblo a pueblo” y de negar
licencias a las aeronaves no comerciales y embarcaciones de pasajeros y
recreativas en estancia temporal, incluyendo los cruceros, lo que impacta
severamente el número de visitantes al país. Todas estas acciones fueron
tomadas con el objetivo deliberado y declarado de causar daños económicos y
privar a Cuba de recursos financieros.
Una
demostración sin precedentes del recrudecimiento de la política anticubana del
gobierno estadounidense, fue la decisión de permitir la posibilidad de que, al
amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, se puedan tomar acciones
judiciales en tribunales de los EE.UU. ante demandas presentadas por ciudadanos
o entidades estadounidenses contra empresas o individuos cubanos o de terceros
países que se relacionen comercialmente con propiedades nacionalizadas en Cuba
en la década de 1960. Esta decisión puso fin a la práctica asumida desde 1996
por los gobiernos estadounidenses anteriores, demócratas y republicanos, y por
el propio Presidente Trump en sus dos primeros años de mandato, quienes habían
suspendido cada 6 meses esta posibilidad.
La Ley
Helms-Burton constituye un instrumento jurídico de coerción política que
dispone acciones de presión económica lesivas a la soberanía de Cuba y de
terceros países, con el propósito de asfixiar a la economía cubana e
incrementar las carencias de la población. Busca perpetuar el clima de
hostilidad entre Cuba y los Estados Unidos y negarle a la nación cubana el
derecho a la autodeterminación. Sus regulaciones son contrarias al Derecho
Internacional, a los principios de la Carta de las Naciones Unidas y a las
reglas establecidas por la Organización Mundial del Comercio. Esta normativa ha
suscitado el contundente rechazo de numerosos actores de la comunidad
internacional y de representantes de organismos internacionales.
El
bloqueo constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los
derechos humanos de todas las cubanas y cubanos. Por su declarado propósito y
el andamiaje político, legal y administrativo en el que se sustenta, estas
sanciones califican como acto de genocidio a tenor de la Convención para la
Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 y como un acto de guerra
económica según lo establecido en la Conferencia Naval de Londres de 1909.
En la actual coyuntura, con más razón que nunca antes, se
impone el reclamo al gobierno de los EE.UU. de que cumpla con las 27
resoluciones adoptadas por la comunidad internacional en el marco de la Asamblea
General de las Naciones Unidas y ponga fin, sin condicionamiento alguno, a su
política de bloqueo contra Cuba.
1. Continuidad
y recrudecimiento de la política de bloqueo
1.1
Vigencia de las leyes del bloqueo
Las leyes y regulaciones que sustentan la política del
bloqueo se mantienen vigentes y son aplicadas con estricto rigor por las
agencias gubernamentales de los EE.UU., incluidos los Departamentos del Tesoro
y Comercio y en particular la Oficina para el Control de los Activos
Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés).
Las
principales legislaciones del Congreso y disposiciones administrativas que
establecen la política del bloqueo son:
- Ley de Comercio
con el Enemigo de 1917 (TWEA, por sus siglas en inglés): Su sección 5
(b) delegó en el máximo jefe del Ejecutivo la posibilidad de aplicar
sanciones económicas en tiempo de guerra o en cualquier otro período de
emergencia nacional y prohibió el comercio con el enemigo o aliados del
enemigo durante conflictos bélicos. En 1977, la Ley de Poderes Económicos
de Emergencia Internacional restringió las facultades del Presidente para
imponer nuevas sanciones aludiendo a situaciones de emergencia nacional.
Sin embargo, la TWEA continuó aplicándose para Cuba, aun cuando la Casa
Blanca nunca ha declarado una emergencia nacional con respecto a la Isla.
Desde entonces, los sucesivos presidentes estadounidenses han prorrogado
la aplicación de la TWEA para Cuba. Al amparo de esta legislación, la más
antigua de su tipo, se adoptaron las Regulaciones para el Control de
Activos Cubanos (CACR, por sus siglas en inglés) en 1963, en virtud de las
cuales se prohíbe a nacionales estadounidenses o personas sujetas a la
jurisdicción de los EE.UU. realizar transacciones financieras con Cuba, se
congelaron los activos cubanos y se prohibió la importación de bienes de
origen cubano a los EE.UU., entre otras restricciones. Cuba es el único
país para el cual está vigente esta legislación. El 10 de septiembre de
2018, el presidente Trump renovó por un año más las sanciones contra Cuba,
en virtud de la TWEA.
- Ley de
Asistencia Exterior (1961): Autorizó al Presidente de los EE.UU. a
establecer y mantener un “embargo” total al comercio con Cuba y prohibió
el otorgamiento de cualquier ayuda al gobierno cubano. Establece además
que los fondos del gobierno de los EE.UU. destinados a la ayuda
internacional y entregados a los organismos internacionales no podrán ser
utilizados para programas relacionados con Cuba; prohíbe conceder
cualquier asistencia prevista bajo esta ley o cualquier otro beneficio
previsto en otra ley a Cuba, hasta que el Presidente determine que Cuba ha
realizado acciones encaminadas a retornar a ciudadanos y empresas
estadounidenses no menos del 50 % del valor o una justa compensación, de
las propiedades nacionalizadas por el gobierno cubano con posterioridad al
triunfo de la Revolución.
- Proclama
Presidencial 3447: Emitida el 3 de febrero de 1962 por el presidente
John F. Kennedy, decretó el “embargo” total del comercio entre los EE.UU.
y Cuba, en cumplimiento de la sección 620 (a) de la Ley de Asistencia
Exterior.
- Regulaciones
para el Control de Activos Cubanos del Departamento del Tesoro (1963): Estipularon el
congelamiento de todos los activos cubanos en los EE.UU.; la prohibición de
todas las transacciones financieras y comerciales a menos que fuesen
aprobadas por una licencia; la prohibición de exportaciones cubanas a los
EE.UU.; la prohibición, a cualquier persona natural o jurídica de los
EE.UU. o terceros países, de realizar transacciones en dólares
estadounidenses con Cuba; entre otros.
- Ley para la
Administración de las Exportaciones (1979): La Sección 2401
(b) (1) “Control de la Seguridad Nacional. Política hacia determinados
Estados”, establece la Lista de Control del Comercio, en la cual el
Presidente de los EE.UU. mantiene a un número de países a los que se les
podrán establecer controles de exportación especiales por consideraciones
de seguridad nacional. Cuba está incluida en este listado.
- Regulaciones
para la Administración de las Exportaciones (EAR por sus siglas en inglés,
1979):
Establecen las bases de los controles generales para artículos y
actividades sujetas al control de las EAR, en consonancia con las
sanciones impuestas por el gobierno de los EE.UU. Establecen una política
general de negación a las exportaciones y reexportaciones a Cuba.
- Ley para la
Democracia Cubana o Ley Torricelli (1992): Prohíbe a las
subsidiarias de compañías estadounidenses en terceros países, comerciar
bienes con Cuba o nacionales cubanos. Prohíbe a los barcos de terceros
países que toquen puerto cubano entrar a territorio estadounidense en un
plazo de 180 días, excepto aquellos que tengan licencia del Secretario del
Tesoro.
- Ley para la
Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas o Ley Helms-Burton (1996): Codificó las
disposiciones del bloqueo, ampliando su alcance extraterritorial, mediante
la imposición de sanciones a directivos de empresas extranjeras que
realicen transacciones con propiedades estadounidenses nacionalizadas en
Cuba y la posibilidad de demandas en tribunales de EE.UU. Asimismo, limitó
las prerrogativas del Presidente para suspender el bloqueo, aunque
establece que este conserva sus facultades para autorizar transacciones
con Cuba mediante la emisión de licencias.
- Sección 211 de
la Ley de Asignaciones Suplementarias y de Emergencia para el año fiscal
1999: Prohíbe
el reconocimiento por los tribunales estadounidenses de los derechos de
empresas cubanas sobre marcas asociadas a propiedades nacionalizadas.
- Ley de Reforma a las Sanciones
Comerciales y Ampliación de las Exportaciones (2000): Autorizó la
exportación de productos agrícolas a Cuba, condicionada al pago en
efectivo por adelantado y sin financiamiento de EE.UU. Prohibió los viajes
de estadounidenses con fines turísticos a Cuba, al definir la “actividad
turística” como cualquier actividad relacionada con viajar hacia, desde o
dentro de Cuba que no estuviese expresamente autorizada en la sección
515.560 del Título 31 del Código de Regulaciones Federales. Es decir,
limitó los viajes a las 12 categorías autorizadas al momento en que se
promulgó esta legislación.
1.2
Principales medidas del bloqueo adoptadas a partir de junio de 2018
Durante
el último año, las relaciones entre Cuba y los EE.UU. han estado marcadas por
la política hostil promovida desde Washington contra La Habana. En este
contexto, se mantuvo la reducción impuesta por los EE.UU. al personal en ambas
Embajadas y se procedió al cierre de la Oficina Local de los Servicios de
Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. en Cuba, transfiriendo una parte de sus
servicios a México.
A su
vez, continuaron los mecanismos de persecución en la jurisdicción de terceros
países de las transacciones financieras cubanas con elevado efecto disuasivo
desde el punto de vista económico. La Oficina de Control de Activos Cubanos y
otras agencias de los EE.UU. impusieron multas a varias compañías de terceros
países por violar diferentes programas de sanciones, incluyendo las
Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. Las mayores afectaciones
derivadas de estas sanciones se registraron en el sector bancario-financiero.
Entre junio de 2018 y abril de 2019, el gobierno estadounidense impuso nueve
sanciones a compañías o bancos de terceros países, incluyendo de los propios
EE.UU. El monto total de estas penalidades ascendió a 3 751 millones 449 mil 017
dólares.
Las
afectaciones ocasionadas a entidades cubanas y a terceros debido al bloqueo se
han mantenido, confirmando la plena vigencia de esta política arbitraria y
violatoria del Derecho Internacional. A continuación, se exponen algunos
ejemplos:
El
19 de julio de 2018, el
fabricante de baterías de Tesla, Panasonic, suspendió relaciones con su
proveedor canadiense SHERRITT INTERNATIONAL CORP por utilizar cobalto
proveniente de Cuba. La decisión del fabricante japonés se produjo luego de que
pidiera orientación a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del
Departamento del Tesoro de EE.UU. sobre su interpretación del alcance de la
prohibición estadounidense a las importaciones de origen cubano.
El 9
de agosto de 2018, se
conoció que la agencia bancaria PICHINCHA, en Ecuador, se negó a prestar sus
servicios de pago a un cliente que adquirió medicamentos cubanos. El Banco
alegó que Cuba es parte de los países identificados por la OFAC como gobiernos
extranjeros terroristas, narcotraficantes o criminales internacionales.
El
15 de agosto de 2018, se conoció que el banco alemán COMMERZBANK y la sucursal
de UNICREDIT S.P.A. en Italia, bloquearon un envío de 7 mil 500 Euros a
Argentina, realizado por la Asociación de Amistad Euskadi-Cuba para apoyar un
proyecto cubano de salud visual en ese país.
El
18 de octubre de 2018, se conoció que la sucursal en Nicaragua de la empresa
bancaria estadounidense Banco LAFISE, se negó a realizar varias transferencias
de la empresa nicaragüense de transporte terrestre de carga logística
MULSEPROSA (Múltiples Servicios Profesionales S.A), requeridas para garantizar
el pago del stand durante la feria comercial FIHAV 2018 y realizar la reserva
en el Hotel Parque Central en el que se alojarían durante su estancia en Cuba.
Esta situación provocó que MULSEPROSA no participara en FIHAV 2018. Las razones
para no realizar las transacciones se debieron a instrucciones del presidente
del Banco, quien acató indicaciones de los EE.UU.
El
14 de noviembre de 2018, el Departamento de Estado de los EE.UU. actualizó la
Lista de Entidades Cubanas Restringidas, con la adición de 26 empresas y
subentidades con las cuales los ciudadanos estadounidenses no pueden realizar
transacciones financieras directas. La mayoría de las nuevas entidades fueron
hoteles y empresas del sector del turismo.
El
21 de noviembre de 2018, se conoció que la compañía británica Adler Manufacturing
Limited (ADLER), dedicada a promocionar empresas y negocios en Reino Unido a
través de productos con impresiones, informó a la oficina de turismo de la
Embajada de Cuba en ese país, la cancelación de una orden hecha el 25 de
septiembre del mismo año. ADLER explicó que su nueva empresa transportista era
la multibillonaria compañía estadounidense UPS (United Postal Service of America),
razón por la cual no podía mantener los vínculos con Cuba.
El
14 de febrero de 2019, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del
Departamento del Tesoro de EE.UU. impuso una sanción de 5 millones 512 mil 564
dólares a la empresa APPLICHEM GMBH, con sede en Darmstadt, Alemania, por 304
aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos.
APPLICHEM GMBH, entidad que fabrica sustancias de laboratorio y productos
químicos para uso industrial y opera como subsidiaria de la estadounidense
ILLINOIS TOOL WORKS INC., vendió sus productos a Cuba entre mayo de 2012 y
febrero de 2016 en violación de las leyes del bloqueo, de acuerdo a lo indicado
por la OFAC.
El
25 de febrero de 2019, una delegación cubana integrada por representantes de la
Empresa de Tecnologías de la Información y Servicios Telemáticos Avanzados
(CITMATEL), la Universidad de las Ciencias Informáticas (UCI), la Empresa
Nacional de Software (DESOFT), la Empresa de Telecomunicaciones Móviles
(MOVITEL), la Sociedad Cubana para las Telecomunicaciones (CUBATEL) y la Cámara
de Comercio como coordinadora, quedó excluida del Mobile World Congress 2019,
celebrado en Barcelona. Este evento es considerado uno de los más importantes a
nivel mundial en telefonía móvil y lo organiza una asociación de operadores
móviles denominada GSMA, regida o con intereses de EE.UU., y de la cual Cuba es
miembro a través de su Ministerio de Comunicaciones. Al intentarse la
acreditación online de la delegación cubana, apareció la advertencia de que
Cuba, Siria e Irán tenían el acceso prohibido por regulaciones del gobierno de
los EE.UU.
El
11 de marzo de 2019, el
Departamento de Estado de EE.UU. anunció la incorporación de 4 nuevas
sub-entidades (Gaviota Hoteles Cuba, Hoteles Habaguanex, Hoteles Playa Gaviota,
Marinas Gaviota Cuba) y una entidad perteneciente a Gaviota (Fiesta Club Adults
Only, de Blau Marina Varadero) a la Lista de Entidades Cubanas Restringidas,
que entró en vigor el 12 de marzo de 2019.
El 5
de abril de 2019, la
Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del
Tesoro de EE.UU., incluyó en su lista de sancionados a 34 embarcaciones
propiedad de la petrolera venezolana PDVSA, así como a otras dos compañías
extranjeras (BALLITO SHIPPING INCORPORATED, con sede en Liberia y PROPER IN
MANAGEMENT INCORPORATED, con base en Grecia), alegando que prestan servicio a
Venezuela para el envío de crudo a Cuba. De acuerdo con el Departamento del
Tesoro, las sanciones incluyen la congelación de los activos
financieros que puedan tener bajo jurisdicción estadounidense y la prohibición
de transacciones financieras con las entidades y embarcaciones incluidas en el
listado.
El
11 de abril de 2019, la
Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro
de EE.UU., impuso una sanción a ACTEON GROUP LTD. (ACTEON) y a su subsidiaria
2H Offshore, ambas con sede en Inglaterra, por violaciones de las Regulaciones
para el Control de Activos Cubanos. El monto a pagar por las compañías es de
227 mil 500 dólares. ACTEON debe pagar otros 213 mil 866 dólares por
violaciones adicionales a las leyes del bloqueo contra Cuba.
El
17 de abril de 2019, el
secretario de Estado de EE.UU., Mike Pompeo, anunció que a partir del 2 de mayo
se permitirían bajo el Título III de la Ley Helms-Burton, demandas en los
tribunales de los estadounidenses contra personas naturales o jurídicas que
“trafiquen” con propiedades nacionalizadas por el gobierno cubano a inicios de
la Revolución. En esa misma fecha, el asesor de Seguridad Nacional, John
Bolton, anunció medidas adicionales contra Cuba destinadas a limitar las
remesas provenientes de EE.UU., restringir aún más los viajes por razones no
familiares a Cuba y poner fin al uso de las transacciones financieras U-Turn,
las cuales permiten a los cubanos realizar transferencias internacionales. Con
la intención de presionar a las compañías de terceros países, intimidarlas y
forzar su salida de Cuba, Bolton advirtió que en lo adelante se aplicaría de
manera más rigurosa el Título IV de la Ley Helms-Burton, que prohíbe la entrada
a los EE.UU. de ejecutivos y sus familiares, así como de dueños de entidades
que “trafiquen” con las propiedades nacionalizadas.
El
23 de abril de 2019, el
Departamento de Estado de EE.UU. anunció una nueva actualización de la Lista de
Entidades Cubanas Restringidas, con la incorporación de otras 5 entidades
(Aerogaviota, Hotel Santa Isabel, Diving Center-Marina Varadero, Meliá Marina
Varadero Apartamentos y Hotel El Caney Varadero), que entró en vigor el 24 de
abril del propio año, lo que constituyó la tercera actualización del arbitrario
listado desde su concepción en noviembre de 2017.
En
el mes de
mayo de 2019, la Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA)
canceló el acceso de la agencia de viajes HAVANATUR y la línea aérea Cubana de
Aviación al mecanismo de pago y de reserva de boletos aéreos (BSP), para las
oficinas de esas entidades cubanas en México, Francia e Italia, para lo que se
aludió a las regulaciones del bloqueo. Esta decisión implica una afectación
financiera y operacional significativa para las entidades cubanas.
El 4
de junio de 2019,
la Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del
Tesoro y el Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento del Comercio
de los Estados Unidos, anunciaron que a partir del 5 de junio del propio año se
eliminarían las licencias generales para los viajes educativos grupales “pueblo
a pueblo” y se aplicaría una política de negación de licencias a las aeronaves
no comerciales y embarcaciones de pasajeros y recreativas en estancia temporal,
lo que incluye el arribo de cruceros a Cuba. La OFAC también dispuso que los
viajeros estadounidenses que lleguen a Cuba, bajo cualquiera de las 12
categorías permitidas durante el gobierno de Barack Obama, no podrían realizar
transacciones financieras directas con empresas incluidas en la Lista de
Entidades Cubanas Restringidas. Estas medidas refuerzan aún más el bloqueo
contra Cuba y provocan grandes perjuicios al desarrollo económico del país, en
especial, al sector del turismo.
El 3 de julio de 2019, la Oficina para el Control de
Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro incluyó a la empresa
CUBAMETALES en la Lista de Nacionales Especialmente Designados aduciendo el
involucramiento de la entidad cubana en la importación de petróleo proveniente
de Venezuela.
1.3
Aplicación de la Ley Helms-Burton
Desde
su entrada en vigor en 1996, la Ley para la Libertad y la Solidaridad
Democráticas Cubanas (Ley Libertad), también conocida como Helms-Burton,
codificó el bloqueo contra Cuba y fortaleció su alcance extraterritorial.
Además de perseguir la imposición de un gobierno en Cuba subordinado
directamente a los intereses de Washington, esta legislación pretendió
internacionalizar el bloqueo por medio de medidas coercitivas contra terceros
países, a fin de interrumpir sus relaciones comerciales y de inversión con
Cuba.
En
enero de 2019, el Departamento de Estado de los EE.UU. comunicó su decisión de
suspender por solo 45 días la posibilidad de tomar acción judicial ante los
tribunales estadounidenses contra entidades que “traficaran” con propiedades
nacionalizadas por el gobierno revolucionario cubano en la década de 1960.
Suspensiones similares se realizaron los días 4 de marzo y 3 de abril del
presente año, mediante comunicados del Departamento de Estado, con un alto
componente amenazador, pretextos e informaciones para intentar distorsionar la
realidad.
La
posibilidad de demandar a los beneficiarios del supuesto “tráfico” había sido
suspendida consistentemente cada seis meses desde 1996 por todos los gobiernos
estadounidenses, demócratas y republicanos, incluido el del presidente Donald Trump
en sus dos primeros años de mandato. Sin embargo, las presiones de un reducido
grupo anticubano posicionado en puestos claves del actual gobierno y ajeno a
las posiciones de rechazo al bloqueo de amplios sectores en EE.UU. y el mundo,
condicionaron el fin de las suspensiones.
La
definición de “tráfico” concebida por la Ley es extremadamente amplia y abarca
actividades que van desde el traspaso, la distribución o repartición de una
propiedad nacionalizada, hasta su compra, recibimiento, inversión y arrendamiento.
En este sentido, las demandas al amparo del Título III permitidas desde el mes
de mayo, reforzaron la aplicación del bloqueo y de sus efectos
extraterritoriales.
Con el
propósito de asfixiar a la economía cubana y aumentar las carencias de la población,
la Ley Helms-Burton se concibió como un mecanismo de presiones brutales e
ilegales del gobierno de los EE.UU. no solo contra Cuba, también contra
terceros países, sus gobiernos y empresas. Sus pretensiones son ilegítimas y
contrarias al Derecho Internacional y a los principios y propósitos de la Carta
de las Naciones Unidas, incluidas las reglas del sistema multilateral de
comercio.
El
Título III de la Ley Helms-Burton, con la aparente pretensión de exigir
indemnización o permitir reclamaciones sobre propiedades “norteamericanas”
nacionalizadas en Cuba, se proyecta en realidad contra la inversión extranjera
y el desarrollo económico de la Isla.
La
decisión del Departamento de Estado de los EE.UU. del 17 de abril de 2019 de
permitir las acciones legales concebidas por el Título III, desconoció la
posición de miembros del Congreso -incluyendo Republicanos-, el sector
empresarial, organizaciones diversas y la opinión pública estadounidense que
apoyan relaciones económicas y comerciales de beneficio mutuo con Cuba. El
comportamiento del actual gobierno de los EE.UU. constituye una afrenta a la
comunidad internacional que por 27 años consecutivos ha condenado, casi por
unanimidad, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba, incluida la Ley Helms-Burton.
Desconoce sucesivas resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
y las declaraciones de las Cumbres de Jefes de Estado y/o Gobierno de la Unión
Europea-América Latina y el Caribe, de la Unión Africana, de la Comunidad de
Estados de América Latina y el Caribe (CELAC), del Grupo de los 77 más China y
del Movimiento de Países No Alineados, entre otras organizaciones, que han
exigido el fin del bloqueo a Cuba.
Dicha
decisión, como se establece en el Título III de la Ley Helms-Burton, abrió la
posibilidad de iniciar acciones judiciales no sólo a personas que eran
ciudadanos estadounidenses el momento de la nacionalización. Reconoce iguales
derechos a cualquier persona que hoy sea estadounidense, incluidos personeros o
testaferros de la dictadura batistiana que gobernó Cuba hasta el año 1959, ya
fueran asesinos y torturadores al servicio del régimen batistiano o ladrones y
estafadores del erario público y otros recursos del pueblo cubano.
Desde
la puesta en marcha de esta decisión, las actividades económicas de Cuba se han
visto fuertemente impactadas, en particular las relacionadas con operaciones de
comercio exterior y las inversiones extranjeras. Se perciben efectos disuasivos
e intimidatorios, lo que unido al temor que generan las restantes regulaciones y
leyes del bloqueo, obstaculiza el desarrollo de los vínculos comerciales de
Cuba con el mundo. Ningún ciudadano o sector de la economía cubana escapan de
las afectaciones derivadas de esta política unilateral, la cual entorpece el
desarrollo que cualquier país tiene derecho a construir de manera soberana.
Hasta
la fecha de elaboración de este informe, se han registrado ejemplos concretos
de la aplicación de este título de la Ley Helms-Burton, que se relacionan a
continuación:
- El 2 de mayo de
2019,
Havana Docks Corporation presentó una demanda contra la compañía de
cruceros Carnival ante la Corte para el Distrito Sur de Florida (Miami),
alegando “tráfico” con la Terminal de Cruceros de La Habana.
- El 2 de mayo de
2019,
Javier García Bengochea presentó otra demanda contra la compañía de
cruceros Carnival ante la Corte para el Distrito Sur de Florida (Miami).
La queja alega que Carnival “trafica” con el Puerto de Santiago de Cuba,
propiedad reclamada por Bengochea.
- El 2 de mayo de
2019,
la compañía estadounidense ExxonMobil presentó una demanda contra las
entidades cubanas CUPET y CIMEX ante la Corte de Distrito de Columbia. En
su escrito, ExxonMobil afirmó no haber autorizado a las empresas cubanas a
refinar el petróleo crudo, producir, transportar, poner a la venta o
participar en ninguna actividad comercial relacionada con productos
derivados del petróleo desde terrenos que fueron de su propiedad.
- El 21 de mayo de
2019,
Marisela Mata y Bibiana Hernández interpusieron en el Tribunal de Distrito
Sur de Florida una demanda en virtud del Capítulo III de la Helms-Burton
contra cuatro entidades cubanas por la realización de actividades con
fines de lucro (“trafficking”, en inglés) en el Hotel San Carlos,
en Cienfuegos. Las empresas demandadas son Grupo Hotelero Gran Caribe,
S.A.; Corporación de Comercio y Turismo Internacional CUBANACAN S.A.;
Grupo de Turismo de Gaviota S.A. y Corporación CIMEX S.A
- El 18 de junio
de 2019,
se presentó ante la Corte Federal para el Distrito Sur de Florida una demanda
por daños mediante una “acción de clase” por Marisela Mata y Bibiana
Hernández contra el Grupo Hotelero alemán Trivago. La demanda argumenta
que Trivago ha proporcionado servicios de Internet para el hotel Meliá San
Carlos en Cienfuegos y que esta acción constituye “tráfico” según título
III de la Ley Helms Burton.
- El 24 de junio
de 2019,
se presentaron ante la Corte Federal para el Distrito Sur de Florida 4
demandas amparadas en el título III de la ley Helms Burton. Las demandas
fueron presentadas contra las entidades cubanas Gran Caribe, CUBANACAN
S.A., Grupo de Turismo Gaviota S.A y las extrajeras Trivago (Alemania) y
Booking.com (Holanda). Los demandantes alegan ser dueños originales de
Cayo Coco y Varadero.
La Ley
80 de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas, aprobada por la
Asamblea Nacional del Poder Popular en diciembre de 1996, establece que la
normativa estadounidense es inaplicable y no tiene valor ni efecto jurídico
alguno en el territorio nacional cubano. Reafirma la disposición del gobierno
de Cuba de buscar una adecuada y justa compensación por los bienes expropiados
a las personas naturales y jurídicas que en ese momento ostentaban la
ciudadanía o nacionalidad de los Estados Unidos. Además, ofrece garantías
totales a los inversionistas extranjeros en Cuba, en tanto su artículo 5
establece que el gobierno estará capacitado para adoptar “las disposiciones,
medidas y facilidades adicionales que resulten necesarias para la total
protección de las actuales y potenciales inversiones extranjeras en Cuba y la defensa
de los legítimos intereses de estas frente a las acciones que pudieran
derivarse de la Ley Helms-Burton”.
Conjuntamente,
la Constitución de la República dispone que “el Estado promueve y brinda
garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el
desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional
de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e
independencia nacionales”.
La grave naturaleza extraterritorial y el inaceptable precedente
de violación al Derecho Internacional que la Ley Helms-Burton plantea, en
particular su Título III, determinaron que varios países o agrupaciones de
países hayan adoptado leyes u otras disposiciones como antídotos para la
protección de sus ciudadanos y entidades.
2.
El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano
2.1
Afectaciones en los sectores de mayor impacto social
Desde
el inicio de la aplicación del bloqueo contra Cuba, los sectores de la salud y
la alimentación han sido objetivos priorizados de las agresiones de los
gobiernos estadounidenses. Las maniobras dirigidas a promover el hambre y las
enfermedades en el pueblo cubano y, con ello, socavar el apoyo a la Revolución,
han figurado de manera constante en los planes y programas de la guerra sucia
contra Cuba.
A pesar
de la estrategia destructiva del gobierno de los EE.UU., gracias a la política
humanista de la Revolución Cubana se han alcanzado resultados en el ámbito
social comparables con los de los países desarrollados. El sector de la salud,
por ejemplo, ha permanecido invariablemente entre las prioridades de la
Revolución. Tanto en la Constitución de 1976 como en la vigente, asegurar el
estado de bienestar del pueblo ha sido representado como un deber insoslayable.
La Constitución actual, en su artículo 72, consagra la salud pública como “un
derecho de todas las personas” y establece la responsabilidad del Estado de
garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención,
protección y recuperación”.
No
obstante, los daños provocados por las sanciones contra Cuba en el ámbito de
la salud son incuestionables. Esta política hostil entorpece la adquisición
de tecnologías, materias primas, reactivos, medios de diagnóstico, equipos y
piezas de repuesto, así como medicamentos para el tratamiento de enfermedades
graves, como el cáncer. Estos insumos deben obtenerse en mercados lejanos, en
muchas ocasiones, mediante intermediarios, lo que impone el incremento de sus
precios.
No
contar con el medicamento o la tecnología idónea para la atención de una
enfermedad ha resultado, en algunos casos, un impedimento para salvar una vida.
Los familiares del paciente JCHC, con número de historia clínica 68100309926
del Hospital Clínico Quirúrgico “Hermanos Ameijeiras”, fallecido el 15 de junio
de 2018 a causa de una miocardiopatía espongiforme con insuficiencia cardiaca
terminal, no podrán perdonar jamás que de haber contado con el apoyo
circulatorio del dispositivo IMPELLA, producido por la compañía estadounidense
ABIOMED, JCHC podría haber conservado su vida. Debido a las restricciones del
bloqueo contra Cuba, la mencionada compañía no ha accedido a las reiteradas
solicitudes de comprar ese equipo especializado para la asistencia circulatoria
a pacientes en shock cardiogénico e insuficiencia cardiaca terminal.
Entre
abril de 2018 a marzo de 2019, el daño al sector de la salud cubano ascendió a
104 millones 148 mil 178 dólares, cifra que supera en 6 millones 123 mil 498
dólares a la del año anterior.
En el
período analizado, la empresa importadora y exportadora cubana de productos
médicos MEDICUBA S.A., realizó solicitudes a 57 compañías estadounidenses en
aras de adquirir insumos necesarios para nuestro sistema de salud. Hasta la
fecha, 50 de estas empresas no han respondido y otras 3 han alegado que, debido
a las regulaciones del bloqueo, no están autorizadas a vender a Cuba ningún
medicamento o equipo. Entre las solicitudes realizadas por MEDICUBA, se
encuentran las siguientes:
- Se contactó con
la empresa estadounidense PROMEGA CORPORATION, fabricante de enzimas y
otros productos para biotecnología y biología molecular, con el objetivo
de comprar reactivos e insumos utilizados en el diagnóstico de
enfermedades genéticas. El 16 de enero de 2019, dicho proveedor comunicó
que “el Departamento del Tesoro de los EE.UU. aplica sanciones comerciales
que prohíben que las industrias con sede en ese país vendan productos y
proporcionen tecnología y/o servicios a Cuba”.
- Se contactó con
la compañía estadounidense BRUKER, para la compra del espectrofotómetro, equipo
utilizado en los laboratorios para la cuantificación de sustancias y
microorganismos. Ante la solicitud, respondieron que, hasta el día de hoy,
no tienen posibilidad de hacer negocios con Cuba.
- Se contactó con
la compañía estadounidense STRYKER para la compra de endoprótesis
extensibles, utilizadas en el tratamiento quirúrgico conservador o de
salvamento de miembros superiores e inferiores, respondiendo a una
necesidad del Instituto Nacional de Oncología y Radiobiología (INOR). Sin
embargo, hasta el momento, no se ha recibido respuesta de la compañía.
Ante la imposibilidad de obtener estas prótesis, las cuales desde el punto
de vista funcional tienen una mayor calidad, el INOR ha tenido que
recurrir a las próstesis fijas en pacientes que requieren las extensibles.
- Se contactó con
varias empresas estadounidenses para la compra de fármacos novedosos en el
tratamiento del cáncer. Sin embargo, hasta el momento, no se ha obtenido
respuesta. Algunos ejemplos:
FARMACÉUTICA
PFIZER INC.: se le solicitó el medicamento Crizotinib, empleado para el
tratamiento del cáncer de pulmón, el Palbociclib, utilizado para el tratamiento
del cáncer de mama metastásico hormonosensible y el Sunitinib, único
medicamento eficaz existente en el mundo para el tratamiento del cáncer renal
avanzado o con metástasis. En el Hospital “Hermanos Ameijeiras”, se
diagnostican como promedio 20 casos anuales con cáncer renal avanzado, los
cuales están privados de recibir la opción terapéutica más efectiva.
FARMACÉUTICA
BRISTOL-MYERS SQUIBB: se le solicitó el Anticuerpo Anti PD-1 para el
tratamiento del melanoma metastásico, cáncer de pulmón, linfoma de Hodgkin y
otros.
GENOMIC
HEALTHS: se le solicitó el Oncotype DX Test Cáncer de Mama, prueba diagnóstica
que permite identificar el riesgo de recaída en pacientes con cáncer de mama
temprano y el Oncotype DX Test Cáncer de Colon, prueba diagnóstica que permite
identificar el riesgo de recaída en pacientes con cáncer de colon en las etapas
II y III.
- Se le solicitó a
la empresa estadounidense BOSTON SCIENTIFIC la prótesis valvular aórtica
percutánea, método de implante mínimamente invasivo con el cual se
beneficiarían anualmente alrededor de 60 pacientes de edad superior a 70
años que padecen de valvulopatía aórtica de origen degenerativo. La
adquisición de este implemento contribuiría a disminuir el número de
fallecidos en Cuba, donde la primera causa de muerte son las enfermedades
cardiovasculares. Sin embargo, dicha compañía, líder a nivel mundial en la
producción de estas válvulas, no ha respondido a nuestra solicitud.
- Se contactó con
la empresa estadounidense ZIMMER BIOMET para la compra de prótesis de
cadera, rodilla y dentales. Sin embargo, la compañía respondió que, debido
al bloqueo, no están autorizados a establecer negocios con Cuba.
Otros
ejemplos que demuestran los daños ocasionados por el bloqueo en la esfera de la
salud durante el período que comprende este informe son:
- El 20 de
noviembre de 2018, la empresa alemana Isotrak USA Eckert & Ziegler
Reference & Calibration, se negó a suministrar a MEDICUBA una fuente
radioactiva inicialmente contratada, necesaria para realizar el control de
calidad de radionucleótidos en el diagnóstico del cáncer. La compañía
refirió no estar dispuesta a realizar negocios con Cuba, como resultado de
las restricciones de los EE.UU. contra la Isla.
- El 26 de febrero
de 2019, varios proveedores informaron a MEDICUBA que no podían entregar
los ventiladores pulmonares contratados, debido a que los fabricantes IMT
MEDICAL AG y ACUTRONIC, habían sido comprados por Vyaire Medical Inc,
compañía con sede en Illinois, EE.UU. Los ventiladores pulmonares son de
alta importancia para el sistema de salud cubano, en tanto se utilizan
para asistir mecánicamente a los pacientes cuando la ventilación pulmonar
espontánea compromete la vida.
- El Instituto de
Medicina Tropical “Pedro Kourí” (IPK) recibió una negativa por parte de la
Federación de Universidades para el Bienestar Animal ante la solicitud de
acceder a los fondos para proyectos que ofrece esta institución inglesa.
La Federación expresó que, debido a las sanciones impuestas contra Cuba
por los EE.UU., no pueden realizar transacciones financieras a la
Isla.
- En el periodo
analizado, profesionales de la salud cubana no pudieron participar en
reuniones, eventos científicos e intercambios académicos celebrados en los
EE.UU. Esto se debió a que las solicitudes de visa de los médicos cubanos
fueron negadas o emitidas con posterioridad a la fecha de los eventos.
El
Artículo 77 de la Constitución cubana establece que “todas las personas tienen
derecho a la alimentación sana y adecuada. El Estado crea las condiciones para
fortalecer la seguridad alimentaria de toda la población”.
De
acuerdo con el Informe sobre la Política Alimentaria Mundial de 2018, Cuba es
uno de los 14 primeros países que han logrado reducir el índice del hambre y la
desnutrición de manera sostenida por varios años. Además, Cuba se encuentra
entre las naciones que más han avanzado en sus políticas alimentarias con igualdad
y están más cercanas a alcanzar las metas incluidas en el segundo objetivo de
la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.
A pesar
de los cuantiosos recursos y esfuerzos que el Estado cubano destina a la
rama de la alimentación y la agricultura, las consecuencias del bloqueo no
son ajenas a este sector, en el cual se registraron afectaciones que ascienden
a 412 millones 230 mil 614 dólares.
Las
empresas encargadas de la elaboración de los productos alimenticios en el país
importan aproximadamente el 70 % de sus materias primas desde diferentes
mercados, entre los que se encuentran España, Brasil, Argentina, Italia,
Canadá, India, República Dominicana y México. Hasta la fecha, el bloqueo ha
imposibilitado realizar las compras en el mercado estadounidense, el cual
resulta muy atractivo por sus precios y cercanía, además de contar con ofertas
variadas de materias primas, materiales y equipamientos necesarios para
modernizar las líneas de producción.
Las
afectaciones provocadas por el bloqueo en el sector de la alimentación se
derivan también de la imposibilidad de colocar los productos cubanos en el
mercado estadounidense. La empresa Ron Havana Club, una de las más prestigiosas
del mundo en la producción de bebidas espirituosas, dejó de percibir 41
millones 360 mil dólares por este concepto.
La educación,
el deporte y la cultura también se cuentan entre los sectores de mayor
sensibilidad severamente impactados por la aplicación del bloqueo.
El
Artículo 73 de la Constitución de la República de Cuba, consagra el derecho
inalienable de los cubanos a la educación. Para garantizar este derecho, el
Estado invierte el 23,7 % de su gasto presupuestario en este sector.
Los
logros alcanzados por la Revolución Cubana en la esfera de la educación y su
contribución a otros pueblos del mundo son reconocidos a nivel internacional.
El análisis preliminar de las metas contenidas en el Objetivo 4 de la Agenda
2030, demostró que todas habían sido cumplidas por nuestro país. Sin embargo, a
pesar de los esfuerzos realizados por el Estado, la calidad de los servicios
educativos se ha visto afectada debido a las regulaciones impuestas por el
bloqueo económico, comercial y financiero del gobierno de los EE.UU.
Las
principales afectaciones reportadas en este ámbito están determinadas por el
pago de tarifas aumentadas por concepto de flete para la transportación de los
productos adquiridos en mercados lejanos, el acceso limitado a información
científica y a herramientas informáticas necesarias para la producción de
multimedias educativas, así como por los obstáculos para recibir los pagos por
los servicios profesionales que se ofrecen en el extranjero.
Algunos
ejemplos de las afectaciones registradas en el sector de la educación en el
período analizado son:
- La Universidad
de Sancti Spíritus no pudo adquirir 20 máquinas de escribir SMART BRAILLER
y los aditamentos auditivos de la compañía PERKINS, los cuales resultan
necesarios para la formación de los estudiantes de la carrera de Educación
Especial en pregrado y posgrado. Ambas tecnologías son de fabricación
estadounidense. A pesar de que el tratamiento de personas con necesidades
especiales constituye una prioridad para el gobierno cubano, como
resultado de las restricciones impuestas por el bloqueo las personas con
discapacidad ven limitado su acceso a muchos equipos que mejorarían su
calidad de vida y potenciarían su inclusión y participación social.
- En el período,
se efectuaron dos conferencias Internacionales (Webminar) de la Red
Erasmus + RIESAL para la capacitación de especialistas que laboran en el
desarrollo de procesos de internacionalización de la educación superior.
Sin embargo, debido a las regulaciones del bloqueo, los funcionarios
cubanos no pudieron participar en estos eventos online, por no
permitírseles el acceso a la página web
https://riesal.adobeconnect.com/defaulteventtemplate/.
- El 23 de enero
de 2019, el banco Société General de París retuvo una transferencia
bancaria con saldo de 7 mil 474 Euros, que tenía como destino a Cuba, para
el pago de los servicios profesionales de profesores cubanos que se
encuentran en Guinea Ecuatorial.
- Fueron
cancelados los tres programas educativos que habían sido planificados para
inicios del año 2019 por la Universidad de Ciencias Pedagógicas “Enrique
José Varona” y tres universidades de los EE.UU. (Minnesota, CUNY y
Movimientos Sociales de Chicago). La Universidad pedagógica dejó de
ingresar 11 mil dólares por este concepto.
Una de
las mayores conquistas de la Revolución cubana ha sido el desarrollo del
deporte. En el Artículo 74 de la Carta Magna, se establece que “las
personas tienen derecho a la educación física, al deporte y a la recreación
como elementos esenciales de su calidad de vida”. A pesar de los esfuerzos
realizados por el Estado y Gobierno cubanos para la potenciación de la
actividad deportiva, este sector no ha estado exento de los daños ocasionados
por la política de bloqueo de los EE.UU.
Algunos
de los ejemplos más significativos del período son:
- Cuba ha visto
limitada la adquisición de implementos deportivos de uso obligatorio, de
acuerdo a los reglamentos oficiales de las federaciones internacionales,
al ser producidos por compañías estadounidenses como LOUISVILLE, WILSON,
XBAT, RAWLINGS y EASTON. Para realizar las compras, se ha tenido que
acudir a terceros países, con un considerable incremento en los precios de
los productos. Si Cuba pudiera acceder directamente a las ofertas del
mercado estadounidense, esos productos se podrían adquirir aproximadamente
un 30 por ciento más baratos.
- La edición No.
22 de la Carrera en honor a Terry Fox no pudo realizarse este año, al
recibirse una comunicación de la directora de esta Fundación Internacional
en la que informó la imposibilidad de ayudar en la organización del evento
y de continuar apoyando a nuestro país en las investigaciones contra el
cáncer. En consecuencia, la Fundación tampoco transfirió al Instituto
Nacional de Oncología y Radiología los fondos previstos para el desarrollo
del proyecto “Evaluación antitumoral de la quimioterapia e inmunoterapia
combinada en modelos experimentales de cáncer”, que debería concluir este
año.
- La Confederación
de Béisbol del Caribe no ha logrado establecer un acuerdo con el gobierno
de los EE. UU para crear una vía legal que le permita abonar los premios a
nuestro país. El
equipo de Cuba que participó en la Serie del Caribe de Béisbol, celebrada
en Panamá del 4 al 10 de febrero del 2019, no pudo cobrar su premio en
metálico de 72 mil dólares, por obtener el segundo lugar en dicho evento.
Lo mismo ocurrió con varios atletas cubanos que no pudieron recibir su
premio de 5 mil dólares por jugador.
- La persecución
financiera que impone el gobierno estadounidense contra entidades
bancarias en terceros países, ha imposibilitado el cobro de servicios
prestados por CUBADEPORTES, tanto en la exportación de asistencia técnica,
como en la comercialización de actividades en Cuba.
El
desarrollo de la cultura en todas sus manifestaciones es una prioridad
para el Estado Cubano. La actual Constitución de la República, en su Artículo
79, establece que “todas las personas tienen derecho a participar en la vida
cultural y artística de la nación”. Sin embargo, este sector continúa siendo
uno de los más afectados por la aplicación de la política de bloqueo de los
EE.UU. contra Cuba.
Algunas
de las afectaciones registradas en el sector de la cultura durante el período
son:
- De 37 unidades
artísticas que pudieron haber promocionado su trabajo en el territorio de
los EE.UU., solo 24 obtuvieron el permiso de entrada a este país, lo que
denota un decrecimiento en 13 proyectos con respecto al año anterior. No
obstante, se debe destacar el positivo impacto promocional que tuvo el
Festival de Artes de Cuba realizado en el Kennedy Center de Washington,
que contó con la presencia de 104 músicos.
- A pesar de que
varias compañías estadounidenses han manifestado su interés en negociar
con la agencia BIS MUSIC, por temor a las restricciones del bloqueo se han
negado a enviar su documentación legal para efectuar los contratos
correspondientes. Como consecuencia, se han registrado pérdidas de más de
100 mil dólares por este concepto.
- Varias agencias
de Colombia, Perú y Francia desestimaron acciones de negocios concertadas
con la Empresa de Grabaciones y Ediciones Musicales (EGREM), por temor a
no poder realizar transferencias a Cuba como pago por los servicios. Por
este concepto, se dejaron de ingresar aproximadamente 200 mil dólares.
- Empresarios que
tradicionalmente realizaron los trabajos de promoción de agrupaciones del
catálogo de la EGREM en el mercado de los EE.UU. y otros países, se
negaron a continuar sus labores en 2018, debido al endurecimiento de las
medidas del bloqueo.
- Como resultado
del recrudecimiento de esta política, se impidió la celebración del Tercer
Encuentro de editores, distribuidores y agentes literarios de Cuba y los
EE.UU., previsto a realizarse en Cuba durante la Feria Internacional del
Libro 2019. También se imposibilitó la participación de Cuba en
exposiciones, eventos editoriales y literarios, así como en ferias del
Libro de los EE.UU.
- El bloqueo impacta severamente la
Enseñanza Artística Profesional (elemental, media y superior) al imponer
limitaciones para la adquisición de los insumos necesarios, como los
instrumentos de música y los accesorios para las artes plásticas, el
ballet y la danza. A pesar de ello, el Estado cubano no le niega la
participación gratuita en esta enseñanza a ningún niño con aptitud y
vocación, lo que representa un extraordinario esfuerzo, si se tiene en
cuenta que el costo de la educación básica de un alumno en un año
académico de cualquier manifestación del arte oscila entre los 15 y 16 mil
dólares. Por ejemplo, como promedio, se abonan 17 mil 610 dólares para
garantizar que cada alumno de ballet tenga un leotard en el curso. Si se
pudiera acceder al mercado estadounidense para la compra de este
vestuario, Cuba se ahorraría más de la mitad del monto abonado para la
adquisición del leotard en otros mercados.
2.2
Afectaciones al desarrollo económico
El
bloqueo continúa siendo el obstáculo fundamental para la implementación tanto
del Plan de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030, como de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. En el período analizado, los
perjuicios ocasionados por el bloqueo en los sectores de la producción y los
servicios se cuantificaron en 79 millones de dólares, lo que representa un
incremento del 28 % en relación con la etapa anterior.
Transformar
el costo del bloqueo en capacidad de pago del país permitiría en el mediano
plazo disponer de una fuente de financiamiento oficial, sustantiva y sostenida,
que otorgaría mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los
sectores estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta
el 2030. De esta forma, se acortarían los plazos para lograr los objetivos
planteados para el año 2030. En menos de un quinquenio se revertiría
significativamente la situación de la infraestructura del país, asegurando, por
ejemplo, la transformación de la matriz energética nacional con un por ciento
de participación de las fuentes de energía renovable superior a 24.
En
términos financieros, disponer de ese monto de dinero permitiría revertir
favorablemente, tanto desde el punto de vista cualitativo como cuantitativo, la
exposición financiera del país al exterior, consolidando la confianza de los
inversionistas y acreedores externos e incrementando sustancialmente la
capacidad de acceder a los mercados financieros y de capitales.
La
Industria Biofarmacéutica, uno de los sectores estratégicos de la economía del
país, es afectada cada año con pérdidas económicas millonarias en la
investigación, el desarrollo, la producción y la comercialización de sus
productos, como consecuencia del bloqueo. Las medidas estadounidenses contra
Cuba, no solo limitan el intercambio académico y científico, sino que privan al
pueblo de los EE.UU. de recibir los beneficios de productos biotecnológicos y
farmacéuticos desarrollados en Cuba, que son novedosos y prometedores para la
salud humana.
Algunos
ejemplos de las afectaciones provocadas por el bloqueo en este sector son:
- El Centro de
Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB), reporta ingresos dejados de
percibir por la no exportación a los EE.UU. del medicamento Heberprot-P,
único de su tipo en el mundo para el tratamiento de la úlcera del pie
diabético (UPD). Bajo la hipótesis de que solo el 5 por ciento de los
pacientes estadounidenses que al año desarrollan una UPD compleja utilicen
este medicamento, el valor exportado hacia este país hubiese ascendido en
el año 2018 a unos 103 millones de dólares.
- La empresa
Importadora-Exportadora FARMACUBA, reportó la existencia de dificultades
en la obtención de materias primas para la elaboración de los medicamentos
como resultado del bloqueo contra Cuba. Entre el 1ero de abril de 2018 y
el 31 de marzo de 2019, en la empresa productora de medicamentos “8 de
Marzo” se produjeron interrupciones en el proceso productivo, ante la
imposibilidad de adquirir la materia prima con la periodicidad requerida.
Se dejaron de producir aproximadamente 2 mil unidades de suspensión oral y
61 mil 184 cápsulas.
- Un fabricante de
medicamentos de un país asiático, informó no poder embarcar la Fenitoina
inyectable 250mg/5ml con destino Cuba, debido a que los bancos de dicho
país rechazaron la tramitación de cualquier documentación relacionada con
la Isla, por temor a ser sancionados por los EE.UU. Esta situación
conllevó a buscar otro proveedor en América Latina en condiciones menos
favorables.
La
Empresa Laboratorio Farmacéutico Oriente de BIOCUBAFARMA reportó las
afectaciones siguientes:
- Afectación de la
materia prima “Vitamina A” para la producción del complejo vitamínico
Nutriforte: El Banco de la firma suministradora se negó a recibir el pago
correspondiente de Cuba, lo que obligó al país a pagar una mayor cantidad
de dinero a través de terceros. Como consecuencia, se afectó la
producción en 78 millones 694 mil 200 tabletas.
- Afectación en
la producción de sueros parenterales de gran volumen por falta de
material de envase: Se contrató al proveedor colombiano PROENFAR para la
compra de estos insumos. No obstante, al tener un accionista
estadounidense, no se pudo concretar la operación, afectando la producción
de 1 millón 995 mil 300 bolsas de suero.
- Afectación de la
entrega de foil aluminio impreso para Nicotinamida en el mes de marzo de
2019 y posible afectación en los meses de septiembre y octubre para
los productos Dipirona y Alprazolam: El proveedor DEVEXPORT fue comprado
por un nuevo fabricante que se niega a vender foil de aluminio impreso a
Cuba, debido a las regulaciones del bloqueo.
Las
medidas anunciadas por el Presidente Donald Trump contra Cuba a partir de 2017
continúan aplicándose con todo rigor y afectan de manera importante al turismo,
uno de los sectores estratégicos en el desarrollo económico y social de nuestro
país. No obstante, en el mes de agosto de 2018, el Departamento de Estado de
los EE.UU. disminuyó la alerta de peligrosidad de los viajes a Cuba, del nivel
3 (reconsiderar el viaje) al nivel 2 (ejercitar medidas de mayor precaución).
Desde
abril de 2018 hasta marzo de 2019, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba ha
ocasionado pérdidas al turismo cubano que ascienden a unos mil 383
millones de dólares, en importantes esferas relacionadas con los viajes, los
servicios, las operaciones y aseguramientos logísticos. De no existir el
bloqueo, se estima que el 35% del total de visitantes a Cuba en un año podrían
ser estadounidenses. Bajo esta hipótesis, la cifra total de turistas
procedentes de esa nación en 2018 hubiese sido de 1 millón 656 mil 298, pasando
a ser el principal mercado emisor de viajeros hacia Cuba.
Por
solo citar algunos ejemplos:
- La medida
adoptada por el gobierno de los EE.UU. de eliminar las licencias generales
para los viajes educativos grupales “pueblo a pueblo” agrava el impacto
negativo sobre la afluencia de turistas estadounidenses a la Isla. Si bien
la anterior prohibición de los viajes “pueblo a pueblo” a título
individual, que obligaba a los viajeros procedentes de los EE.UU. a
visitar Cuba bajo el patrocinio de una organización estadounidense, ya desestimulaba
el arribo de turistas de ese país, la nueva medida suprime por completo la
posibilidad de viajar bajo esta categoría.
- A pesar de que
durante el período se produjo un incremento del arribo de cruceristas, la
entrada de visitantes estadounidenses por la vía aérea decreció en un
28,6%, lo que representó una disminución de 103 mil 161 visitantes con
respecto a 2017 e impactó de manera negativa en la recaudación de
ingresos. La política adoptada a partir del 5 de junio de 2019 por el
gobierno de los EE.UU. de negar las licencias a las aeronaves no
comerciales y embarcaciones de pasajeros y recreativas en estancia
temporal, incluyendo los cruceros a Cuba, daña aún más los viajes de los
estadounidenses al país y los ingresos por este concepto.
- La agencia de
viajes CUBATUR sufrió afectaciones monetario-financieras ascendentes a 497
mil 800 dólares como resultado de gastos de servicios bancarios, variación
de tasas de cambio y la utilización de alternativas bancarias como
pasarelas de pago.
- La empresa HAVANATUR
enfrentó perjuicios por la negativa de bancos corresponsales de procesar
pagos a clientes, el cierre de cuentas bancarias en terceros países, la
retención de fondos y la cancelación de servicios de procesamiento de
tarjetas de crédito.
El
bloqueo también ha provocado afectaciones al sector de las comunicaciones y
la informática, incluidas las telecomunicaciones. Esta política constituye
el principal impedimento al flujo de información y al más amplio acceso a
Internet y a las tecnologías de la información por parte de los cubanos, al
dificultar y encarecer la conectividad en el país, condicionar el acceso a las
plataformas y tecnologías, y utilizar el ciberespacio para subvertir el sistema
político y jurídico cubano.
Los
daños económicos ocasionados al sistema de las comunicaciones durante el
período de abril de 2018 a marzo de 2019 se estiman en más de 55 millones de
dólares. La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) continúa siendo
la entidad con mayor afectación, registrando aproximadamente el 98% del monto
total de los perjuicios.
Entre
los ejemplos más significativos del período, destacan los siguientes:
- La actividad de
capacitación a los profesionales del sector de las comunicaciones se ha
visto afectada por la imposibilidad de realizar el pago de los cursos que
ofrece la Empresa Chilena ALGORITMO. Esta situación ha dilatado la
realización de 5 cursos planificados en el 2018, necesarios para la
implementación y desarrollo de servicios de mejor calidad.
- La política de
bloqueo afecta el libre acceso desde Cuba a los contenidos de la red de
redes y el derecho a las libertades expresadas y aceptadas por los autores
que producen software con Licencia Pública General (GNU-GPL). El daño se
materializa a través de la negativa de acceso al servicio o de descarga de
información, al reconocerse que el enlace se realiza desde una dirección
de internet (IP) otorgada al dominio cubano .cu.
- A Cuba se le
niega el acceso a la información oficial de sitios tecnológicos de primera
línea, lo que dificulta la autopreparación o capacitación a distancia.
Tales son los casos de Cisco, VMWARE, Google Code, Google Web Designer y
Google Page Speed Insights.
- Los
especialistas de RADIOCUBA se han visto imposibilitados de asistir a la
Conferencia Anual que ofrece el proveedor de servicios satelitales MARLINK
SAS, la cual se ha celebrado en dos ocasiones en New Orleans.
- Las
restricciones del bloqueo han impedido la realización de Giros Postales
Internacionales (GPI), razón por la cual no se ha firmado el Convenio de
Correos-Giros para el envío de GPI con el Operador Designado de los EE.UU.
- ETECSA fue
miembro del Sistema Global para las Comunicaciones Móviles (GSM, por sus
siglas en inglés) hasta diciembre de 2017, fecha en que se recibió una
carta del Director Jurídico de la Asociación GSM para anunciar la
suspensión de la membresía de la empresa cubana en dicha organización. El
directivo alegó su obligación de cumplir la ley de los EE.UU. con respecto
a las sanciones comerciales a los que presten servicios a las empresas
cubanas. De esta forma, ETECSA solo podrá participar en los eventos
públicos que se realicen fuera del territorio de los EE.UU.
- El bloqueo
impide el acceso a marcas y/o equipamientos de altas prestaciones y
líderes en el mercado de las infocomunicaciones o que son distribuidas o
cuentan con patentes de entidades estadounidenses, entre ellos, teléfonos
fijos, móviles, antenas, sistemas informáticos, etc.
El
sector del transporte
también ha sido considerablemente afectado por las regulaciones del bloqueo.
Los daños totales en este renglón durante el período analizado superaron los
170 millones de dólares, lo que representa un aumento de más de 69 millones con
respecto al período anterior.
Entre
los ejemplos más significativos del período, se encuentran los siguientes:
- A la Empresa
holandesa DAMEN, principal suministrador de partes y piezas Caterpillar y
Cummings a los astilleros DAMEX de Santiago de Cuba, le fue prohibido, por
el Suministrador de Caterpillar en los Países Bajos, vender a Cuba los
suministros necesarios para la reparación y mantenimiento de las
embarcaciones de la Empresa Prácticos de Cuba.
- La empresa
Cubana de Aviación S.A. está imposibilitada de utilizar los servicios de
la compañía ATCO (Airline Tariff Publishing Company), la cual se encarga
de publicar las tarifas aéreas de más de 500 aerolíneas y tiene sus
instalaciones principales en el Aeropuerto Internacional de Washington
Dulles, Washington D.C. Debido a las restricciones del bloqueo, Cuba se ve
obligada a realizar un pago adicional de mil 300 dólares mensuales para
acceder a la carga de las tarifas aéreas en el sistema de
distribución.
- La aerolínea
española Air Europa (UX) se abstuvo de concretar el “Acuerdo de Código
Compartido” (Code Share) y de cumplir el compromiso contraído con Cubana
de Aviación, en tanto opera con la línea Boeing, cuya flota es fabricada
en los EE.UU.
En el
período analizado, las afectaciones provocadas por el bloqueo a la industria
cubana superaron los 49 millones de dólares. Con el monto total de estas
afectaciones se hubieran podido adquirir materias primas necesarias para
nuestras industrias, como el carburo de calcio para la producción del
Acetileno, mezclas para la producción de Neumáticos, papel semi-extensible para
la producción de los Sacos Multicapas, entre otros. Algunos de los ejemplos más
significativos son:
- El Grupo
Empresarial de la Industria Química (GEIQ) se vio imposibilitado de
adquirir repuestos y máquinas de reposición para los compresores de aire,
bombas LEFI y equipos de las marcas BURTON CORBLIN y GARO, debido a la
presencia de accionistas estadounidenses en dichas compañías. Esto causó
graves perjuicios a las producciones de cloro en Cuba. En igual sentido,
no fue posible rentar isocontenedores para oxígeno medicinal, fabricados
en los EE.UU., debido al temor de sus proveedores a ser penalizados por la
OFAC.
- El Grupo de la
Electrónica (GELECT) abarca la producción y los servicios de equipos
eléctricos y electrónicos, soluciones informáticas, medios, partes y
piezas para las telecomunicaciones. Debido al carácter disuasorio del
bloqueo, este grupo empresarial no ha podido concretar acuerdos negociados
con varios proveedores, lo cual obstaculiza y encarece las gestiones con
las empresas importadoras e imposibilita acceder a las principales
tecnologías y materiales necesarios para realizar las producciones. Ello
determina que el país tenga que adquirir los insumos en otras zonas
geográficas, con incremento de los costos de las producciones nacionales
de casi 2 millones de dólares, por conceptos de fletes.
Como
consecuencia del bloqueo, el sector de la construcción continúa
enfrentando serias dificultades para acceder a tecnologías constructivas
más eficientes, ligeras, de menores consumos de materiales básicos y
componentes energéticos. En el período analizado, no fue posible adquirir
las barrenadoras D55, necesarias para la Industria de Materiales de la
Construcción, por medio de la empresa ATLAS COPCO, radicada en un país
asiático. Debido al bloqueo, la casa matriz de dicha compañía prohibió la venta
de estos productos a Cuba.
La
actividad de exportación de esta rama también se ha visto obstaculizada por las
regulaciones del bloqueo. Ejemplo de ello es la imposibilidad de materializar
un contrato firmado con ABS TRADE & COMMERCE LIMITED para la exportación de
300 mil toneladas de Piedra de Algaba. La compañía no ha podido encontrar un
buque dispuesto a trasladar la mercancía desde Cuba hacia el país de destino.
En el
caso del sector de la energía y minas, las afectaciones a sus empresas
ascendieron a 78 millones 336 mil 424 dólares, para un incremento de más de 18
millones con respecto al año precedente.
Los
ejemplos más significativos del período son los siguientes:
- La Empresa Mixta
“Moa Nickel S.A” sufrió daños a la producción de 40 t de Sulfuros de
Níquel y Cobalto, para la exportación. Esto se debió a que los principales
fabricantes de partes y piezas claves para el proceso productivo se han
retirado, como consecuencia del efecto disuasivo del bloqueo. Ello ha
conducido al aumento de los costos de mantenimiento, pérdidas de tiempo
para localizar suministradores sustitutos, demoras en los arribos y
mayores gastos de importación. La firma MS SALES cerró sus operaciones con
Cuba al ser absorbida por una compañía de los EE.UU. y Veostalpine, uno de
los principales proveedores de electrodos, cerró operaciones por el riesgo
país que genera el bloqueo, incumpliendo contratos ya firmados.
- En el grupo
empresarial Unión Eléctrica se mantiene el acceso muy limitado a las
piezas de repuesto para los motores BAZAN, fabricadas por la compañía
española NAVANTIA. Esta empresa se ha rehusado a realizar operaciones
comerciales con Cuba, por temor a las consecuencias del bloqueo. Por tal
razón, las piezas solo se pueden adquirir a través de un único
suministrador a precios 2 veces superiores a los del mercado.
- El consorcio
COMPAIR, de origen británico, pasó a formar parte de un grupo
estadounidense, razón por la cual ha cortado toda relación con los
proyectos de su tecnología desarrollados en Cuba para las estaciones
centralizadas de aire comprimido. Como consecuencia, no se tiene acceso a
piezas de repuesto para todo el equipamiento instalado inicialmente, el
cual se ha tenido que modificar con otras tecnologías, a un costo
adicional al planificado.
- En septiembre y noviembre de 2018, se
firmaron dos contratos con la empresa General Electric International INC,
para los suministros adicionales de la Turbina de la Central
Termoeléctrica Antonio Guiteras y para la modernización de la Planta
Eléctrica Pico Santa Martha, respectivamente. No obstante, el 5 de febrero
de 2019 se recibió una notificación del CENTENNIAL BANK de los EE.UU., en
la que se informa que, tomando en cuenta la activación del Título III de
la Ley Helms-Burton, no se otorgaría el financiamiento para estos 2
contratos.
3. Afectaciones al
sector externo de la economía cubana
3.1 Afectaciones al
comercio exterior
La fectación total
del bloqueo de los EE.UU. a la esfera del comercio exterior de Cuba entre abril
de 2018 y marzo de 2019 fue de 2 mil 896 millones 581 mil 555 dólares, con el
consiguiente aumento de las incidencias negativas que dificultan y distorsionan
el desempeño de la actividad comercial externa.
Además de las
afectaciones cuantificadas, no puede obviarse el efecto disuasivo e
intimidatorio de la política de bloqueo en el sector de los negocios de los
EE.UU. y de terceros países, con una repercusión aún mayor en las instituciones
bancario-financieras que se rehúsan a trabajar con entidades cubanas, y en el
sector de las inversiones en el país.
En el ámbito del
comercio exterior, las mayores repercusiones se aprecian en los ingresos
dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, alcanzando los 2
mil 343 millones 135 mil 842 dólares. En esta cifra, incidió significativamente
la disminución de viajeros estadounidenses durante el período, tendencia que se
ha mantenido desde 2017 como resultado de la campaña mediática contra los
viajes a nuestro país y la manipulación de los supuestos incidentes de salud de
diplomáticos estadounidenses en Cuba.
Los daños ocasionados
por la reubicación geográfica del comercio se estiman en 1020,2 millones de
dólares, lo que representa un crecimiento del 18 % en relación con el período
anterior.
Las afectaciones por
la imposibilidad de acceder al mercado de los EE.UU., se calculan en 163
millones 108 mil 659 dólares. Los sectores más afectados fueron el de la salud,
el energético y la minería, las telecomunicaciones y la informática, la
agricultura, la construcción y la industria, los cuales abarcan el 74,4% de los
daños por este concepto, con un monto de 121 millones 423 mil 969
dólares.
Como resultado de las
restricciones del bloqueo, no es posible exportar a territorio estadounidense
marcas cubanas que se encuentran registradas en ese mercado. Este es el caso
del café Cubita, los rones Caney y Varadero, así como el carbón. De igual modo,
la venta de estos rones en el mercado europeo también enfrenta serias
limitaciones. Las cadenas a través de las cuales se comercializan estos
productos no permiten su venta simultánea con otras marcas provenientes de los
EE.UU. Ello se ha traducido en la disminución de la demanda por parte de los
clientes que los importan y distribuyen en Europa.
La imposibilidad de
acceder al mercado estadounidense también impide la venta de otras mercancías
cubanas como el azúcar y la miel de abeja en ese territorio. En el caso del
azúcar, solamente los daños atribuibles a la exclusión del sistema de cuotas
azucareras ha representado una pérdida superior a los 29 millones de dólares.
Por otra parte, la
posibilidad de efectuar importaciones de productos agroalimentarios desde los
EE.UU., no ha significado la eliminación de prácticas comerciales, financieras
y logísticas discriminatorias, que afectan negativamente los resultados
económicos de las importaciones desde ese mercado. Esta situación se mantiene,
pese a los esfuerzos realizados por el sector agrícola estadounidense a fin de
promover sus relaciones comerciales con Cuba en esta materia. Dicho comercio
irregular no permite ningún tipo de financiamiento, situación que obliga a
nuestra Empresa Comercializadora de Alimentos (ALIMPORT) a acudir a mercados
con facilidades de crédito que se encuentran en zonas lejanas y cuyos fletes son
superiores. Debido al incremento causado por el bloqueo al llamado riesgo país,
los acreedores aplican tarifas de aproximadamente un 5% por encima de lo
normal. Además, al no estar permitido efectuar pagos en dólares estadounidenses
a terceros en el exterior, es preciso comprar monedas de reembolso, con las
consiguientes pérdidas derivadas de las tasas de cambio.
Por ejemplo, la
empresa cubana AT Comercial S.A. reportó afectaciones al no poder acceder al
mercado estadounidense para la adquisición de determinados productos
alimenticios, los cuales tuvieron que ser comprados a precios mayores a través
de intermediarios y en países más lejanos.
En esta etapa, el
impacto negativo por concepto de prohibición de utilizar el dólar de EE.UU.
alcanza los 85 millones 139 mil 436 dólares y el incremento del costo de
financiamiento/riesgo país se cuantifica en 47 millones 290 mil 204 dólares. En
estos indicadores, influye la falta de acceso a créditos bancarios o blandos.
Las empresas cubanas se ven obligadas a trabajar con créditos comerciales
otorgados por los propios proveedores con términos financieros desventajosos.
Las consecuencias
negativas por concepto de utilización de intermediarios comerciales y el
consecuente encarecimiento de las mercancías alcanza los 173 millones 210 mil
916 dólares, reflejando un incremento del 189% con respecto al período
anterior.
Otra variable que
continúa provocando serias afectaciones a nuestra economía son los sobrecostos
por fletes y seguros que se deben pagar por la reubicación geográfica del
comercio hacia regiones más lejanas. Por este concepto, se calculan pérdidas en
el orden de los 72 millones 160 mil 602 dólares.
La siguiente tabla
compila las afectaciones del bloqueo a la esfera del comercio exterior de Cuba
en el período comprendido entre abril de 2018 y marzo de 2019:
Afectaciones por
concepto de:
|
USD
|
Imposibilidad de
acceder al mercado de EE.UU.
|
163.108.659,16
|
Utilización de
intermediarios/encarecimiento de las mercancías
|
173.210.916,43
|
Incremento en los
fletes y seguros
|
72.160.602,95
|
Ingresos dejados de
percibir por exportaciones
|
2.343.135.842,95
|
Riesgo
país/incremento del costo de financiamiento
|
47.290.204,71
|
Prohibición de
utilizar el dólar de EE.UU.
|
85.139.436,80
|
Otras afectaciones*
|
12.535.892,72
|
TOTAL
|
2.896.581.555,72
|
*Costos adicionales
por operaciones a través de bancos de terceros países/comisiones
bancarias/modalidades de instrumentos de pagos, cobros retenidos, ruptura de
contratos, litigios, entre otros.
3.2 Afectaciones a
las Finanzas
Las afectaciones
provocadas por la imposición del bloqueo de los EE.UU. a Cuba han continuado
acrecentándose, con un marcado carácter intencional en la esfera bancaria y
financiera. Esto ha ocasionado serias dificultades que impiden el normal y
adecuado funcionamiento del sector e incrementan los costos asociados a la
operatoria bancaria y comercial. La etapa se ha caracterizado por la tendencia
de instituciones financieras y bancarias extranjeras a negarse a realizar
operaciones con bancos cubanos, así como por el cierre de cuentas y claves para
el intercambio de información financiera, establecidas por la Society for
Worldwide Interbank Financial Telecommunication (SWIFT).
Entre abril de 2018 y
marzo de 2019, se registraron afectaciones al sistema bancario cubano por parte
de 140 bancos extranjeros. En este período, aumentaron en 12 las instituciones
bancarias extranjeras que se sumaron a la política de negativas a servicios
aludiendo al bloqueo de los EE.UU. Esto último atenta contra el normal
funcionamiento y operatividad de las instituciones bancarias cubanas, las que
están obligadas a trabajar en un ambiente de permanente tensión, incertidumbre
y adversidad, a fin de garantizar el movimiento seguro de sus flujos
financieros.
En el periodo
analizado, las afectaciones monetario-financieras se estimaron en 725,8
millones de dólares, lo que representa un crecimiento del 35 % con respecto a
la etapa anterior.
Las principales
dificultades que presentaron las instituciones bancarias cubanas durante la
etapa analizada fueron:
Recrudecimiento de
las medidas de bloqueo asociadas a los servicios informáticos:
- Se mantienen las
dificultades relacionadas con el acceso a nuevas tecnologías de la Society
for Worldwide Interbank Financial Telecommunication (SWIFT), debido a que
la mayoría de las empresas que facilitan los software y las tecnologías
son estadounidenses.
- Varios bancos
extranjeros solicitaron a entidades bancarias cubanas la cancelación de
las claves de mensajería vía SWIFT, que sirven como autorizaciones que se
intercambian con los bancos corresponsales y permiten filtrar y limitar la
mensajería que se recibe y el tipo de mensaje que se envía (conocida por
sus siglas en inglés como RMA).
Restricciones para el
uso del dólar estadounidense en las transacciones comerciales y financieras con
el exterior:
- Permanecen las
restricciones del uso del dólar estadounidense en las transacciones
comerciales y financieras externas de Cuba, lo que origina cuantiosas
pérdidas por variación de las tasas de cambio entre la moneda
estadounidense y la de terceros países en las que se ejecutan los cobros y
pagos.
Negativa a prestar
servicios bancarios:
- Solicitud de
cierre de cuentas: 8 entidades bancarias extranjeras, de ellas: 7 de
Europa y 1 de Asia.
- Negativa a realizar
transferencias de fondos desde o hacia Cuba y a prestar otros servicios
bancarios: 15 entidades, de ellas: 9 asiáticas, 3 europeas, 2
latinoamericanas y 1 de Oceanía. Destaca el ejemplo siguiente:
- Un banco
latinoamericano informó a su homólogo cubano, mediante mensajes de SWIFT,
que a partir de enero de 2019 se verían imposibilitados de participar en
transacciones de cartas de crédito y transferencias internacionales que
involucraran a entidades listadas por el Departamento de Estado de los
EE.UU. (Cuban Restricted List).
Las negativas a la
tramitación de documentos bancarios conllevan a la búsqueda de alternativas de
localización de bancos que acepten relacionarse con Cuba para poder realizar
los pagos a los proveedores o recibir los ingresos en divisas. Esto representa
para Cuba la no disponibilidad de los recursos en el momento oportuno para el
cumplimiento de sus obligaciones y/o la adquisición de productos de imperiosa
necesidad, en adición a la incertidumbre que se genera sobre el destino de los
fondos.
- Retención de
fondos de entidades cubanas en bancos extranjeros: 2 bancos de Europa.
- Cancelación de
claves de mensajería SWIFT por parte de bancos foráneos que sirven como
autorizaciones que se intercambian con los bancos corresponsales: 24
entidades, de ellas: 15 europeas, 3 de América Latina, 2 de Asia, 2 de
Oceanía, 1 de América del Norte y 1 de África. Por ejemplo:
- Se recibió
de un banco latinoamericano información refiriendo que no estaban en
condiciones para intercambiar información, aun cuando el propio banco
solicitó previamente comunicación solicitando intercambio de claves vía
SWIFT.
- Negativas de
bancos extranjeros a avisar y/o tramitar operaciones de cartas de crédito:
16 instituciones, de ellas: 15 asiáticas y 1 europea. En la mayor parte de
los casos, la negativa genera afectaciones por las dilaciones
innecesarias, al tener que contactar la empresa cubana a su proveedor para
localizar un banco alternativo que quiera tramitar los documentos.
- Devolución de
operaciones bancarias: 63 entidades, de ellas: 37 de Europa, 13 de Asia, 8
de América Latina, 3 de América del Norte, 1 de África y 1 de Oceanía.
Destaca el ejemplo siguiente:
- Una
institución bancaria de Europa devolvió una transferencia a un banco
cubano por políticas de cumplimiento del banco del beneficiario, a pesar
de haberse proporcionado la información adicional previamente solicitada.
- Cancelación de
operaciones bancarias y de acuerdos de corresponsalía: 8 bancos, de ellos:
3 asiáticos, 3 europeos y 2 latinoamericanos. Algunos ejemplos:
- Un banco
latinoamericano envió comunicación a su homólogo cubano informando que
cancelarían las relaciones con Cuba, bajo el argumento de que es un país
sancionado por la OFAC y las personas o instituciones que contraten o
presten ayuda financiera a quienes estén incluidos en dicha lista, corren
el riesgo de ser tratados como narcotraficantes, criminales
internacionales o terroristas.
- Una
institución bancaria europea solicitó la cancelación de las operaciones
con Cuba, debido a los distintos embargos internacionales y a las
sanciones por parte de los EE.UU., lo cual obligó al banco cubano a buscar
nuevas alternativas en dicha plaza.
- Dos bancos
de América Latina comunicaron que no ejecutarían nuevas transacciones
provenientes de Cuba. Esta situación limita el pago a suministradores y la
recepción de recursos derivados de exportaciones cubanas, estando
afectados clientes como Cubana de Aviación, FARMACUBA, CUBADEPORTE y
entidades importadoras cubanas.
- Solicitud a
bancos cubanos de documentos adicionales y de otros requerimientos para
realizar las operaciones bancarias: 4 instituciones bancarias, de ellas: 2
de Asia, 1 de Europa, 1 del norte de América. Algunos ejemplos:
- Un banco
europeo se fusionó con otro de la misma plaza y para oficializar la cuenta
de un banco cubano en sus libros solicitó, por vía SWIFT, requerimientos
inusuales y nunca antes indicados, referidos a que en los pagos efectuados
la institución bancaria cubana no podía involucrar a clientes relacionados
con ninguna esfera militar, las Fuerzas Armadas, fuerzas policiales, así
como bienes que se originen en los EE.UU.
- Una
entidad bancaria de Europa solicitó información adicional e inusual a un
banco cubano para realizar operaciones por transferencias, tal como la
confirmación de que la mercancía no tendría un uso militar, alegando las
exigencias de la normativa de cumplimiento de su banco.
Las entidades cubanas
tienen que acceder al financiamiento externo en condiciones extremadamente
onerosas:
- Las entidades
bancarias y empresariales cubanas tienen que pagar altas tasas de interés,
por encima de las que establece el mercado para operaciones similares de
otros países. Esto se debe a la imposición de sobretasas como resultado de
la clasificación del riesgo país que se aplica a Cuba, elemento principal
en la determinación de la factibilidad y de los costos de las operaciones
financieras, incrementado en razón del bloqueo vigente.
Dificultades con el
envío y recepción de documentos bancarios a través de agencias de mensajería:
- La Agencia de Mensajería
DHL Express-Habana envió a un banco cubano la relación de países a los que
queda limitado el servicio de paquetería, por restricciones impuestas por
la OFAC, con el siguiente texto: “El cliente solo podrá realizar el envío
bajo su responsabilidad, después de haber sido previamente notificado por
el Agente Postal. Si el cliente insiste en realizar la imposición, DHL no
se hará responsable de lo que suceda con el envío, pues una vez notificado
pierde ese derecho. Se subraya que a cualquier país que emita DOX o WPX
con destino a Cuba se le exige una Carta de Indemnización (LOI), quedando
a decisión del cliente”.
- Otra agencia de
envíos y paquetería, The People Network (TNT) de Reino Unido, comunicó a
una entidad bancaria cubana que no podían continuar ofreciendo sus
servicios. La negativa estuvo relacionada con la lista de entidades
cubanas restringidas publicada por el Departamento de Estado de los
EE.UU.. En este caso, se trataba de documentos al cobro de una empresa
exportadora cubana.
- Un banco cubano
recibió comunicación de una entidad bancaria de Norte América, planteando
no estar de acuerdo en firmar los documentos que exige la Agencia DHL
Express que establece que, de existir alguna multa por la tramitación de
documentos hacia Cuba, el banco debe asumirla.
Todos estos
obstáculos determinan que el envío de las remesas documentarias sea mediante
copias vía correo electrónico, incluyendo los documentos de embarque, y no de
los originales que debían recibirse directamente por DHL. Esta situación genera
dificultades a los importadores cubanos, al tener que buscar otras alternativas
de recepción de los documentos. Por otra parte, no se cuenta con la misma
garantía y seguridad con que viajan dichos documentos cuando el envío se
realiza por los canales bancarios.
3.2 Afectaciones a
las Finanzas
La aplicación
extraterritorial del bloqueo continúa siendo un signo distintivo de la política
agresiva del gobierno de los EE.UU. contra Cuba. Este entramado de sanciones
daña seriamente a nuestro país, pero afecta también los intereses y los
derechos soberanos de terceros países, lo que constituye una violación del
Derecho Internacional, los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas y las normas del libre comercio.
En el período
analizado se recrudeció la aplicación del bloqueo, lo que incluye la decisión
del gobierno de los EE.UU. de permitir, al amparo del Título III de la Ley
Helms-Burton, la posibilidad de tomar acción judicial en tribunales
estadounidenses contra entidades que “trafiquen” con propiedades nacionalizadas
en Cuba en la década de 1960. Esta disposición ataca la libertad de comercio y
refuerza el carácter extraterritorial de las sanciones contra Cuba, además de
dañar las relaciones económicas y comerciales de la Isla con la comunidad internacional.
La Ley Helms-Burton,
violatoria de principios del Derecho Internacional como la libre determinación
de los pueblos, la libertad de comercio, la igualdad soberana y la no
injerencia en los asuntos internos de los Estados, es totalmente inaplicable en
Cuba. La Ley 80 de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas,
aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en diciembre de 1996,
declara ilícita la mencionada normativa estadounidense y sin valor ni efecto
jurídico alguno en el territorio nacional cubano.
La promulgación de la
Ley Helms-Burton condujo a la aprobación de “legislaciones antídotos” diseñadas
por terceros como México, Canadá y la Unión Europea, a fin de protegerse ante
las afectaciones causadas por la aplicación de esta normativa.
La Unión Europea
aprobó un “Estatuto de Bloqueo” que prohíbe la ejecución dentro de su
territorio de sentencias judiciales de los EE.UU. relacionadas con el Título
III de la Ley Helms-Burton. El gobierno canadiense enmendó la Ley Contra Medidas
Extraterritoriales Extranjeras, estableciendo que “cualquier sentencia emitida
de conformidad con la legislación de los EE.UU., no será reconocida ni
ejecutable de ninguna manera en Canadá”. Por su parte, México cuenta con la Ley
de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan
el Derecho Internacional.
4.1 Afectaciones a
entidades cubanas (Ejemplos)
En el período
analizado, continuaron recrudeciéndose las afectaciones a entidades cubanas en
sus relaciones comerciales con terceros países a través del cierre de cuentas
bancarias, la imposibilidad de realizar transacciones para el pago o el cobro
de servicios y la cancelación de contratos comerciales. A continuación se
relacionan algunos ejemplos:
El 1ro de junio de
2018, la
sucursal en Luxemburgo del banco holandés ING, se negó a realizar una
transacción procedente de la empresa luxemburguesa e-Time Corp. dirigida a la
compañía CUBAEXPORT, como resultado del bloqueo de los EE.UU. contra Cuba.
El 12 de junio de
2018, la
sucursal en Nueva Zelandia del Australia and New Zealand Banking Group
(ANZ) envió una carta a la Asociación de Agencias de Viajes de Nueva Zelandia
(TAANZ), para informar que desde ese momento se prohibía cualquier transacción
o trato relacionado (directa o indirectamente) con países bajo sanciones de
EE.UU., incluyendo a Cuba.
El 2 de agosto de 2018, la
sucursal en Brasil de la compañía estadounidense FEDEX canceló los servicios a
la Embajada y los consulados cubanos en ese país, a partir de instrucciones
recibidas de su casa matriz en los EE.UU. debido a que Cuba se encuentra bajo
sanciones de la OFAC.
El 15 de agosto de
2018, se
conoció que el Banco Santander Rio en Argentina no realizó una transferencia
indicada por HAVANATUR al BFI por importe de 250 mil dólares (ordenada con el
importe equivalente en euros).
El 16 de agosto de
2018,
se conoció que los bancos dominicanos BANRESERVAS y BHD-León cerraron las
cuentas pertenecientes a la sucursal en la República Dominicana de la empresa
Cubana de Aviación, por encontrarse Cuba bajo sanciones de los EE.UU.
El 21 de agosto de
2018, el
banco panameño MULTIBANK cerró la cuenta corriente en dólares a la compañía
Cubana de Aviación S.A en Ciudad Panamá.
El 28 de agosto de
2018, la
subsidiaria de la empresa estadounidense FEDEX en Santa Lucía procedió al
cierre de la cuenta de la Embajada de Cuba en ese país, debido a las
regulaciones del bloqueo.
El 30 de septiembre
de 2018, la
sucursal en Bahamas de la empresa estadounidense FEDEX cerró la cuenta de la
Embajada de Cuba en ese país, por orientación de su departamento legal en los
EE.UU.
El 1ro de octubre de
2018, se
conoció que la sucursal en Surinam del banco holandés DSB se negó a continuar
realizando transacciones en dólares a la Embajada de Cuba en ese país, debido a
las regulaciones del bloqueo.
El 2 de octubre de
2018, el
hotel Hilton Fukuoka Sea Hawk, en Japón, canceló una reserva de la Embajada de
Cuba en ese país por indicación de su casa matriz en los EE.UU. y alegó que no
podía prestar sus servicios debido a las sanciones de los EE.UU. contra Cuba.
El 16 de octubre de
2018, la
sucursal en Jamaica de la empresa estadounidense FEDEX congeló la entrega de
dos envíos de pasaportes realizados desde la Embajada de Cuba en Washington
hacia la misión diplomática cubana en Kingston, debido a las sanciones de los
EE.UU. contra Cuba.
El 30 de octubre de
2018, la
entidad financiera panameña MULTIBANK envió una Declaración Jurada a la
Embajada de Cuba en Panamá, que persigue establecer la “desvinculación” con
Cuba. La nota requería ser firmada por el Embajador cubano en Panamá, en
calidad de representante legal de Cuba, y alude a las regulaciones del bloqueo.
El 29 de noviembre de
2018, el
banco de capital privado Halyk Bank, fusionado con el banco KAZKOM, en
Kazajstán, envió una carta a la Embajada de Cuba en ese país tras el
congelamiento temporal de sus cuentas, el cambio de numeración sin previo aviso
y el cobro de una alta comisión bancaria. La misiva trasladó que la decisión se
debió a las regulaciones del bloqueo.
El 17 de diciembre de
2018,
se conoció que la subsidiaria de la empresa estadounidense FEDEX en Saint Kitts
y Nevis comunicó a la Embajada de Cuba en ese país que suspendía el servicio de
paquetería que se le ofrecía.
El 17 de diciembre de
2018, la
entidad bancaria de Malasia MAYBANK notificó al ciudadano cubano Miguel Morales
sobre el cierre de su cuenta, tras recibir instrucciones como resultado de las
regulaciones del bloqueo.
El 4 de enero de
2019, se
conoció que el Banco Nacional de Canadá comunicó a la compañía canadiense
radicada en Toronto, INTERCOPEX LTD, sobre nuevos requerimientos de DHL para
países bajo sanciones, incluida Cuba, que impedían tramitar su documentación
hacia nuestro país. A raíz de la retención del servicio por DHL, el Banco
Nacional de Canadá notificó a todos los bancos cubanos sobre la situación.
El 16 de enero de
2019,
el proveedor DEVEXPORT comunicó a la empresa importadora cubana CEXNI, la
imposibilidad de efectuar las entregas correspondientes al contrato 80063, para
la compra de 143 toneladas de cianuro de sodio en briquetas, dirigido a la
producción de Doré (oro). Esto se debió a que las autoridades del país del
fabricante prohibieron los embarques durante el 2019 para Cuba, argumentando
evitar sanciones del Departamento del Tesoro de EE.UU. a sus empresas, por
comerciar con la Isla.
En febrero de 2019, la empresa MEDICUBA
recibió varias comunicaciones de proveedores con los cuales tenía contratos
firmados, informando que el Banco MULTIBANK de Panamá anunció el cierre de las
cuentas a Cuba, lo cual generó dificultades para el cobro y ejecución de las
operaciones comerciales, teniendo que buscar otras alternativas y suplementar
los contratos ya firmados.
En abril de 2019, directivos de la
Corporación Nacional de Petróleo, Gas y Metal de Japón (JOGMEC, por sus siglas
en inglés) trasladaron a la Embajada de Cuba en ese país la decisión de tres de
sus empresas, de cancelar su participación en un proyecto conjunto con CUPET
sobre un estudio geoquímico para posible proyecto a riesgo de uno o más bloques
en aguas someras y/o en tierra. Alegaron que la decisión se tomaba en virtud de
los negocios de las empresas involucradas en los EE.UU.
4.2 Afectaciones al
sector bancario y financiero (Ejemplos)
El 5 de octubre de
2018, la
OFAC impuso una multa de 5 millones 263 mil 171 dólares a la entidad bancaria
J.P. MORGAN CHASE por realizar transacciones y prestar servicios no autorizados
a clientes incluidos en la Lista de Personas Especialmente Designadas y
Bloqueadas entre el 2008 y el 2012.
El 19 de noviembre de
2018, la
entidad bancario-financiera Société Générale S.A. con sede en París, Francia,
acordó un pago total de 1 340 millones 231mil 916 dólares a la OFAC del
Departamento del Tesoro de EE.UU., la Oficina del Fiscal General del Distrito
Sur de Nueva York, la Oficina del Fiscal del Distrito del Condado de Nueva
York, la Reserva Federal y el Departamento de Servicios Financieros del Estado
de Nueva York, por la violación de las Regulaciones para el Control de Activos
Cubanos, las Regulaciones sobre Sanciones y Transacciones de Irán y las
Regulaciones sobre Sanciones de Sudán. Según la OFAC, Société Générale S.A.
procesó 796 transacciones que involucraban a Cuba, por un total de más de 5 mil
500 millones de dólares entre el 11 de julio de 2007 y el 26 de octubre de
2010. Esa penalización es la segunda mayor impuesta a una institución
financiera por relacionarse con Cuba.
El 1ro de abril de
2019, la
entidad panameña MULTIBANK cerró un número indeterminado de cuentas bancarias
de empresas de esa nación istmeña y otras foráneas que comercian o tienen
relaciones con Cuba, incluida la corresponsalía de la agencia de noticias
Prensa Latina.
El 9 de abril de
2019, la
OFAC del Departamento del Tesoro de los EE.UU. impuso una sanción a STANDARD
CHARTERED BANK, entidad del sector bancario-financiero con sede en Inglaterra,
ante aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos
Cubanos y de otros programas de sanciones aplicables a Irán, Siria, Sudán y
Myanmar. A fin de evitar un pleito legal, la compañía británica acordó el pago
de 639 millones 23 mil 750 dólares a la OFAC y de 2 715 millones 100 mil 479
dólares a otras instituciones gubernamentales y estaduales
estadounidenses.
El 15 de abril de
2019, la
OFAC del Departamento del Tesoro impuso sendas sanciones a las filiales
europeas de UNICREDIT GROUP en Alemania, Austria e Italia por violaciones a las
Regulaciones para el Control de Activos Cubanos y otros programas de sanciones
aplicables a Myanmar, Sudán, Siria, Irán y Libia. Como consecuencia, y a fin de
evitar un pleito civil, UNICREDIT BANK AG acordó el pago de 553 millones 380
mil 759 dólares, UNICREDIT BANK Austria AG de 20 millones 326 mil 340 dólares y
UNICREDIT S.P.A. de 37 millones 316 mil 322 dólares a la OFAC y otras instituciones
gubernamentales y estaduales de EE.UU.
5. Rechazo universal
al bloqueo
5.1 Oposición en los
EE.UU.
A pesar del marcado
deterioro impuesto por el actual gobierno de los EE.UU. a sus relaciones con
Cuba, muchos sectores dentro de la sociedad estadounidense manifiestan su
oposición al bloqueo contra la Isla.
Representantes de los
sectores agrícola, cultural, académico y de negocios no solo han rechazado esta
política violatoria del Derecho Internacional, sino que han sido activos en sus
intentos por influir políticamente en las ramas ejecutiva y legislativa a nivel
estadual y federal. Grupos como Engage Cuba, por ejemplo, han ampliado su
alcance y se han diversificado a partir del establecimiento de nuevos consejos
estaduales en territorio estadounidense.
La concreción de
algunos acuerdos y negocios ha puesto de manifiesto el interés de estos
sectores en favorecer vínculos bilaterales saludables y de beneficio mutuo. Se
ha confirmado la disposición de muchos estadounidenses a contribuir al mejoramiento
de las relaciones y al levantamiento del bloqueo impuesto contra Cuba.
Algunos ejemplos de
la oposición al bloqueo en los EE.UU. son:
- El 5 de abril de
2018,
el senador republicano por Arkansas, John Boozman, Jefe del Subcomité de
Materias Primas, Manejo de Riesgo y Comercio del Comité de Agricultura,
Nutrición y Silvicultura del Senado, publicó un artículo titulado “Es hora
de expandir las exportaciones agrícolas de EE.UU. a Cuba” en el sitio web
del proyecto Washington DC 100 de la firma de relaciones públicas Story
Partners. Bozzman criticó la prohibición de ofrecer créditos privados
a las exportaciones agrícolas de los EE.UU. a Cuba y se refirió de manera
positiva al proyecto de la Ley de Expansión de las Exportaciones
Agrícolas, introducido en el Senado por él y la entonces senadora
demócrata de Dakota del Norte, Heidi Heitkamp.
- El 19 de abril
de 2018,
la congresista demócrata por Florida, Kathy Castor, escribió en la red
social twitter que su esperanza para el futuro en Cuba y los EE.UU. es que
los gobiernos escuchen a las personas de ambas naciones que quieren
cambios, compromiso y mayor libertad. La legisladora agregó que es vital
que ambas partes participen y hablen en un mundo complicado y moderno,
mientras remarcó: “Somos vecinos después de todo”.
- El 19 de abril
de 2018,
el presidente de la organización Cuba Educational Travel, Collin Laverty,
emitió un comunicado en el que cuestionó la política de bloqueo, el
distanciamiento y la hostilidad del presidente Donald Trump hacia Cuba.
Expresó que Trump estaba situando al pueblo estadounidense y a sus
instituciones fuera del juego y que en ausencia de una política
inteligente de los EE.UU. era esencial que los pueblos de ambos países
continuaran construyendo vínculos. Laverty señaló que su organización
continuaría trabajando incansablemente para unir a los dos países,
mientras esperaba un mejoramiento de las relaciones bilaterales.
- El 23 de abril
de 2018,
los congresistas republicanos Roger Marshall, Rick Crawford y Tom Emmer
-de Kansas, Arkansas y Minnesota, respectivamente- publicaron un artículo
para el medio digital especializado en agricultura Feedstuffs bajo el
título “Una solución simple podría abrir un mercado de 2 mil millones
de dólares para los agricultores de EE.UU.”. La publicación hizo un
llamado al gobierno de Donald Trump a maximizar las ganancias para los
agricultores de los EE.UU. y demostró el compromiso de los legisladores de
apoyar al sector privado de Cuba mediante el uso de su autoridad para
abrir las puertas de su país de forma más amplia a la agroindustria
cubana. Argumentaron que si EE.UU. pudiera vender sus productos a Cuba,
las ventas agrícolas de Arkansas podrían llegar a 52 millones de dólares;
Kansas podría superar los 55 millones, con un aumento del 25% en las
ventas de trigo, y Minnesota podría ver un alza en las ventas de 50
millones de dólares.
- El 4 de junio de
2018,
el entonces senador republicano por Arizona, Jeff Flake, señaló en una
conferencia de prensa en La Habana que nunca había estado a favor del
bloqueo, sino de la normalización de las relaciones entre Cuba y los
EE.UU. Agregó que le complacía observar aumentos en los viajes de
estadounidenses a Cuba en el período 2014-2016 y que, a pesar de los
reveses, con su visita pretendía asegurar que los estadounidenses
conocieran que es seguro viajar a Cuba.
- El 7 de junio de
2018,
tuvo lugar la Mesa Redonda Congresional sobre las relaciones comerciales
con Cuba, con la participación de legisladores estadounidenses y
ejecutivos del grupo de cabildeo Engage Cuba. El senador por Arkansas,
John Boozman, señaló que los agricultores estadounidenses se encontraban
en una situación en la que casi todos los precios de los productos básicos
eran bajos, por lo que abrir el comercio bilateral con Cuba sería beneficioso
para todos. El representante de Minnesota, Tom Emmer, también se refirió a
las posibilidades de fomentar las capacidades agrícolas y económicas
bilaterales y a la necesaria apertura de más mercados de exportación.
Añadió que el embargo es una política fallida, por lo cual seguiría
presionando para su levantamiento. En la propia Mesa Redonda Congresional,
el representante Rick Crawford, de Arkansas, refirió que la apertura
comercial con Cuba posibilitaría una mejor relación entre los dos países.
- El 7 de junio de
2018,
el grupo de cabildeo Engage Cuba señaló en un mensaje de la red social
Twitter que “es hora de dejar de lado la política y hacer lo correcto:
apoyar al Congreso para el comercio entre Cuba y EE.UU.”.
- El 10 de junio
de 2018,
se creó el 18º Consejo Estadual de Engage Cuba en Pensilvania con la
participación de un grupo bipartidista de funcionarios estaduales, líderes
de negocios y agrícolas. Durante el acto, James Williams, presidente del
Grupo, instó al Congreso a que levantara las restricciones a Cuba,
perjudiciales tanto para los habitantes de Pensilvania como para los
cubanos.
- El 11 de junio
de 2018, representantes
del Congreso estadual de Pensilvania y asociados del comité ejecutivo de
Engage Cuba instaron al Congreso de EE.UU. a levantar las restricciones
sobre Cuba, alegando que perjudican a los residentes de ese Estado y a los
cubanos por igual.
- El 13 de junio
de 2018, la
Asociación Nacional de Departamentos Estaduales de Agricultura de EE.UU.
(NASDA) exigió al gobierno de Donald Trump el levantamiento del bloqueo y
la normalización de las relaciones comerciales bilaterales.
- El 13 de junio
de 2018,
se aprobó en el Comité de Agricultura del Senado una enmienda a la Ley
General de Agricultura del 2018 favorable a Cuba, propuesta por los
senadores Heidi Heitkamp de Dakota del Norte y John Boozman de Arkansas.
La enmienda buscó promover fondos para aumentar el acceso al mercado
cubano de productos agrícolas cultivados en los EE.UU.
- El 13 de junio
de 2018,
la entonces senadora demócrata por Dakota del Norte, Heidi Heitkamp, dijo
en un comunicado de prensa que “en Dakota del Norte sabemos lo importante
que es el comercio para los agricultores y ganaderos. El relajamiento del
embargo a Cuba fue un paso importante en la demanda de la creación de
importaciones agrícolas de EE.UU. en la Isla, pero podemos hacer mucho más
para apoyar el comercio agrícola rentable con Cuba". Agregó que los
agricultores de Dakota del Norte ven a Cuba como un mercado natural para
sus productos locales como frijoles, guisantes y lentejas comestibles,
mientras señaló que su enmienda bipartidista le da al Departamento de
Agricultura de EE.UU. (USDA) la capacidad de construir alianzas
comerciales confiables entre productores de Dakota del Norte y compradores
cubanos, sin costo adicional para el contribuyente.
- El 14 de junio
de 2018, la
Asociación Nacional de Departamentos Estaduales de Agricultura de los
EE.UU. (NASDA, por sus siglas en inglés) envió una carta al Presidente
Donald Trump, al Senado y a la Cámara de Representantes de ese país,
exigiendo el fin del bloqueo contra Cuba.
- El 20 de junio
de 2018,
el Dr. William M. LeoGrande, Profesor de Gobierno y Decano Emérito en la
Facultad de Relaciones Públicas de la American University, ofreció su
testimonio durante una audiencia de la Cámara de Representantes de los
EE.UU. Reconoció que las sanciones impuestas a Cuba durante décadas no
tuvieron éxito y que no había razón para no relacionarse con Cuba. Declaró
estar de acuerdo en que los agricultores estadounidenses deberían poder
financiar las ventas agrícolas a Cuba y en que las restricciones a los
viajes a Cuba deberían levantarse. Añadió que las empresas estadounidenses
deberían poder comerciar e invertir en Cuba.
- El 28 de junio
de 2018, la
entonces senadora demócrata por Missouri, Claire McCaskill, apuntó que
apoyaba el incremento del comercio con Cuba durante una entrevista al
sitio de redes de noticia de radio Brownfield Agricultural News For
America.
- El 28 de junio
de 2018, el
Senado estadounidense aprobó el proyecto de Ley Agrícola 2018, que incluye
una disposición para autorizar el uso de los fondos de promoción comercial
de EE.UU. en el incremento del acceso a Cuba. La disposición, presentada
por la entonces senadora Heidi Heitkamp, fue adoptada por voto de voz en
el Comité de Agricultura del Senado.
- El 2 de julio de
2018,
el representante estadual de la Cámara de Pennsylvania Greg Rothman, en el
artículo publicado en Penn Live bajo el título “Los agricultores
de Pensilvania necesitan una sacudida justa en Cuba”, resaltó las
posibilidades de comercio entre Cuba y ese Estado, sobre todo en
exportación de leche, dada la relación histórica existente con la Isla. A
su vez, instó a que los legisladores estaduales abogaran por el fin del
bloqueo a Cuba.
- El 24 de julio de
2018,
el Consejo de la Cuidad de Pittsburgh, Pensilvania, aprobó una proclama en
apoyo de las relaciones Cuba-EE.UU. y demandó el fin del bloqueo contra
Cuba.
- El 5 de
septiembre de 2018, un grupo bipartidista de más de 60 asociaciones
agrícolas, empresas y funcionarios de 17 Estados instó al liderazgo de los
Comités de Agricultura de la Cámara de Representantes y el Senado, a
incluir una disposición en el proyecto de Ley Agrícola 2018 que expandiera
el comercio agrícola con Cuba y eliminara las restricciones al
financiamiento privado para las exportaciones de alimentos de los EE.UU.
- El 27 de
septiembre de 2018, se conoció que Jeff Witte, presidente de la
Asociación Nacional de Departamentos de Agricultura (NASDA), expresó que
NASDA apoyaba plenamente la mejora del comercio agrícola y la cooperación
con Cuba y que el actual bloqueo debía ser levantado.
- El 9 de octubre
de 2018,
una publicación digital de Southwest Farm Press expuso las palabras
de Paul Johnson, vicepresidente de la Coalición Agrícola para Cuba de
EE.UU. (USACC), cuando señaló que Cuba representa un mercado potencial de
2 000 millones de dólares para los productores agropecuarios
estadounidenses. Johnson se refirió a las ventajas que el comercio
agrícola y la cooperación científica en esta esfera tendrían para los dos
países.
- El 31 de octubre
de 2018, representantes
de la sociedad civil estadounidense y grupos de solidaridad con Cuba
apoyaron el reclamo de la comunidad internacional de poner fin al bloqueo
de los EE.UU., tras la sesión en la Asamblea General de la ONU que abordó
el proyecto de resolución cubano. Frente a la sede de la Misión de Cuba en
Nueva York se congregaron, entre otros, la directora ejecutiva de la
Fundación Interreligiosa para la Organización Comunitaria-Pastores por la Paz,
Gail Walker, el coordinador del Movimiento de Solidaridad con Cuba en
Nueva York, Ike Nahem, así como Martin Koppel, uno de los líderes del
Partido Socialista de los Trabajadores de los EE.UU.
- El 21 de
diciembre de 2018, el senador republicano por Arkansas, John Bozzman,
subrayó que la aprobación de la Ley de Agricultura 2018, con una enmienda
sobre Cuba, representaba una gran victoria para los estadounidenses que
han trabajado constantemente para abrir más acceso al mercado cubano.
- El 23 de enero
de 2019,
el Consejo de St Paul City aprobó por votación unánime una resolución
solicitando al gobierno federal el levantamiento del bloqueo a Cuba.
- El 23 de enero
de 2019,
Carla Riehle, miembro del Comité de Solidaridad Cuba-Minnesota, dijo
refiriéndose a Cuba que ningún otro país ha sido castigado por los EE.UU.
tan fuertemente, incluyendo aquellos que tienen un espantoso historial en
materia de derechos humanos.
- El 4 de febrero
de 2019,
el representante republicano por Arkansas, Rick Crawford, dijo que consideraba
que las oportunidades para aprobar la ley de libertad de comercio con Cuba
se habían incrementado y la iniciativa contaba con gran apoyo. Señaló que
fuera de la Florida, el apoyo de los estadounidenses al levantamiento del
bloqueo es “probablemente mayor al 70 por ciento”, a lo que añadió:
“pienso que debemos seguir presionando”.
- El 7 de febrero
de 2019,
el representante demócrata por Massachusetts, Jim McGovern, señaló en el
pleno de la Cámara de Representantes que "permitir el Título III de
la Ley Helms Burton penalizaría a las empresas por hacer lo que las
compañías estadounidenses hacen en todo el mundo, abriría un nuevo frente
en la guerra comercial, obstruiría los tribunales con demandas, haría
imposible negociar una compensación por los reclamos de los EE.UU. en Cuba
y, al final, perjudicaría a los estadounidenses que buscan una
compensación por la propiedad que perdieron”.
- El 8 de febrero
de 2019,
la senadora demócrata por Minnesota, Amy Klobuchar, presentó una
resolución para el levantamiento del bloqueo contra Cuba en el comité de
Banca, Vivienda y Asuntos Urbanos del Senado. El proyecto fue
copatrocinado por los senadores Patrick Leahy de Vermount y Michael B.
Enzi de Wyoming.
- El 22 de febrero
de 2019,
la Coalición de Agricultura de los EE.UU. para Cuba envió una carta al
Secretario de Agricultura, Sonny Perdue. La misiva fue firmada por más de
100 organizaciones de productores agrícolas, quienes manifestaron su deseo
de mantener abierto el comercio con Cuba y el interés en expandir las exportaciones
de sus productos a Cuba.
- El 4 de marzo de
2019,
el presidente de Engage Cuba,
James Williams, emitió una declaración a raíz de la decisión del Departamento de Estado de EE.UU. de suspender el Título III de la Ley Helms-Burton por solo 30 días. Expresó: “esta es una continuación de la misma política de bloqueo que ha fallado durante casi 60 años. Continuar con esta política fallida socava los intereses estadounidenses y ayuda a nuestros adversarios. Continuaremos trabajando con nuestros aliados en el Congreso para rechazar esta política fallida hasta que el embargo finalmente se elimine por completo”.
- El 4 de marzo de
2019,
el Director Ejecutivo del Grupo de Estudio sobre Cuba, Ricardo Herrero,
emitió una declaración en respuesta al anuncio del Departamento de Estado
sobre la suspensión parcial del Título III de la Ley Helms-Burton. Herrero
señaló: “Si los 60 años de una política de embargo fallida nos han
enseñado algo, es que el cambio en Cuba no se producirá como resultado de
una agresión económica unilateral dirigida desde Washington y Miami. Es
lamentable que los asesores del presidente insistan en ignorar esta
lección. Hacemos un llamado al presidente Trump para que siga los
instintos que exhibió a principios de su campaña de 2016 y persiga activamente
una política de compromiso constructivo con Cuba que ponga los intereses
de los EE.UU. y el pueblo cubano en primer lugar".
- El 4 de marzo de
2019,
la oficina de Washington para América Latina (WOLA) emitió una nota de
prensa criticando la decisión del gobierno de Trump de suspender
temporalmente el Título III. "La política exterior de Trump parece
apuntar a castigar a Cuba cuando es su propio interés normalizar esta
relación. En un momento en que Cuba está experimentando un importante
proceso de reforma interna gradual, el gobierno de los EE.UU. no debería
aumentar las hostilidades”, señaló el comunicado.
- El
5 de marzo de 2019, integrantes del grupo Cuban Americans for
Engagement (CAFE) expresaron mediante un comunicado de prensa su oposición
a la decisión adoptada por el gobierno de EE.UU. de iniciar la suspensión
parcial del Título III de la Ley Helms-Burton, la cual es percibida como
un gesto de injerencia y atenta contra la soberanía de los países
involucrados en dinámicas de comercio con Cuba.
5.2 Oposición de la
comunidad internacional
El rechazo de los
diversos actores del sistema internacional al bloqueo económico, comercial y
financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba es creciente y
palpable. Los siguientes ejemplos lo evidencian:
- El 13 de
septiembre de 2018, en el marco del 39º período ordinario de sesiones
del Consejo de Derechos Humanos, se denunciaron los efectos negativos del
bloqueo y se hizo un llamado a su total eliminación. En esta ocasión, 23
países en desarrollo intervinieron en el diálogo interactivo con el
Relator Especial sobre las repercusiones negativas de las medidas
coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos.
- El 27 de
septiembre de 2018, los Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo
de los 77 más China en su Declaración Ministerial rechazaron, una vez más,
la aplicación del bloqueo contra Cuba y la imposición de medidas
coercitivas unilaterales contra países en desarrollo. El texto fue
adoptado en la 42 reunión Ministerial del Grupo, realizada en el marco del
73 período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en
Nueva York.
- Durante el
debate general del 73 período de sesiones de la Asamblea General de las
Naciones Unidas, celebrado entre el 25 de septiembre y el 1ero de
octubre de 2018, dignatarios de 33 países, incluidos 16 jefes de
Estado y de Gobierno, denunciaron la ilegal permanencia del bloqueo que
impone los EE.UU. a Cuba y abogaron por su inmediato levantamiento.
- El XIII Congreso
de Sindicatos Sudafricanos (COSATU), celebrado entre el 17 y el 20 de
septiembre de 2018 en Sudáfrica, emitió a propuesta del Sindicato
Nacional de Trabajadores sudafricanos de la Educación, la Salud y Afines
(NEHAWU, por sus siglas en inglés), una resolución de rechazo al bloqueo.
Se exigió, además, la devolución a Cuba del territorio ilegalmente ocupado
por la Base Naval de EE.UU. en Guantánamo.
- El 4 de octubre
de 2018,
el Grupo interparlamentario de Amistad Francia-Caribe del Senado francés,
dirigió una carta a Michael R. Pence, Presidente del Senado de EE.UU.,
exigiéndole el fin del bloqueo contra Cuba.
- El 15 de octubre
de 2018,
la Bancada de Diputados Sandinistas ante la Asamblea Nacional y el
Parlamento Centroamericano emitió una declaración en rechazo al bloqueo de
los EE.UU. contra Cuba.
- El 15 de octubre
de 2018,
la Asamblea Nacional de Seychelles condenó el bloqueo contra Cuba. El
documento firmado por su Presidente Jean François Ferrari, ratifica que el
bloqueo es injusto, innecesario y contrario al espíritu de la Carta de las
Naciones Unidas.
- El 24 de octubre
de 2018,
la senadora Vanessa Grazziotin, líder del Partido Comunista de Brasil en
el Congreso brasileño, emitió una declaración de condena al bloqueo contra
Cuba. Dicha declaración afirma que el bloqueo sigue siendo el principal
obstáculo al desarrollo de la economía cubana y constituye un grave
desafío para la ejecución de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo
Sostenible.
- El 1ro de
noviembre de 2018, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó, por
vigésimo séptima ocasión consecutiva, la resolución “Necesidad de poner
fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno
de EE.UU. de América contra Cuba”, con el voto favorable de 189 Estados
miembros. A la par, la comunidad internacional rechazó por amplia mayoría,
las 8 enmiendas presentadas por la delegación estadounidense con el
objetivo de desnaturalizar el texto de resolución con la introducción de
contenidos que sirvieran de pretexto a la continuidad de la criminal
política anticubana.
- Durante el
debate y adopción de la resolución cubana, 46 oradores se pronunciaron a
favor de la necesidad de que EE.UU. elimine el bloqueo que mantiene contra
Cuba. Destacaron las intervenciones de 7 representantes de grupos de
concertación política y organizaciones regionales y subregionales, a
saber: el Grupo de los 77 más China, el Grupo Africano, el Movimiento de
Países No Alineados, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños,
la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático, la Comunidad de Estados
del Caribe y la Organización de la Cooperación Islámica.
- El 8 de
noviembre de 2018, el Parlamento Nacional de Sudáfrica, liderado por
su Presidenta Baleka Mbete, aprobó una moción en rechazo al bloqueo contra
Cuba.
- El 28 de
noviembre de 2018, El Consejo Latinoamericano del SELA, reunido en
sesión ministerial en la ciudad de Caracas, exigió enérgicamente el fin
del bloqueo.
- El 28 de
noviembre de 2018, tuvo lugar en el Parlamento Europeo un evento de
solidaridad con Cuba y denuncia al ilegal bloqueo, a iniciativa del Grupo
de Izquierda GUE/NGL. En el encuentro sesionaron dos paneles, los cuales
analizaron “Las consecuencias económicas y sociales de las ilegales
sanciones de los Estados Unidos contra Cuba en el nuevo escenario político
latinoamericano” y “Las acciones contra los ilegales efectos
extraterritoriales de las sanciones de los Estados Unidos en los países
europeos”. El investigador de Derecho Internacional y miembro del Buró
de la Asociación Internacional de Abogados Democráticos, Fabio Marcelli,
fundamentó las razones por las que el bloqueo no puede calificarse como un
embargo, a la vez que abogó por una aplicación real del Reglamento
2271/96, aprobado en noviembre de 1996 por la Unión Europea, para proteger
a sus personas naturales y jurídicas de la aplicación extraterritorial del
bloqueo.
- El 11 de febrero
de 2019,
en el marco del 32 Período de Sesiones de la Asamblea de la Unión
Africana, se aprobó la Resolución titulada “El levantamiento del bloqueo
económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América a
la República de Cuba”, en la cual se condena esta inhumana e ilegal
política.
- El 15 de marzo de
2019,
en reunión de la Autoridad de la Organización de Estados del Caribe
Oriental se denunció el recrudecimiento del bloqueo mediante la amenaza de
activación del Título III de la Ley Helms-Burton, la cual califican de
ilegal y arbitraria. De igual forma, se puso en evidencia que el bloqueo
económico, comercial y financiero del gobierno de EE.UU. contra Cuba
socava la estabilidad, la paz y la seguridad de la región del Caribe.
- El 29 de marzo
de 2019, en la VIII Cumbre de la Asociación de Estados del Caribe
(AEC) que tuvo lugar en Nicaragua, se aprobó la Declaración de Managua, en
la cual se reiteró el profundo rechazo a la aplicación de medidas
coercitivas unilaterales y se reafirmó el llamado al gobierno de EE.UU.
para que ponga fin al bloqueo económico, comercial y financiero que impone
a Cuba, derogue la Ley Helms-Burton y cese su aplicación extraterritorial.
- En el marco del
V Foro Económico Internacional de Yalta, celebrado en abril de 2019,
María Zajarova, vocera de la Cancillería rusa, reiteró la condena frontal
de su país a la aplicación de sanciones unilaterales contra Cuba por parte
de EE.UU.. Denunció que la actual administración estadounidense reanima la
Doctrina Monroe y la aplica en toda su extensión, con el objetivo de
aplastar la soberanía e independencia de los Estados.
- El 26 de abril
de 2019,
Horace Daley, miembro del Parlamento de Jamaica, vocero de la Oposición
para Trabajo y Seguridad Social, vicepresidente de la mesa directiva del
Partido Nacional del Pueblo (PNP) y presidente de su Comisión de
Relaciones Internacionales, ratificó el apoyo incondicional de su partido
a la lucha del pueblo cubano por el levantamiento del bloqueo. Afirmó que
el Título III de la Ley Helms-Burton refuerza, de manera peligrosa, el
componente extraterritorial de la política de bloqueo y constituye un
ataque al Derecho Internacional y a la soberanía, tanto de Cuba como de
terceros países.
- En Brasil,
diversas fuerzas políticas denunciaron el bloqueo y exigieron el fin de la
ilegal e inhumana política que frena el desarrollo de Cuba. Entre ellas se
encuentran: el Partido de los Trabajadores, el Frente Parlamentario de la
Asamblea Legislativa de Río de Janeiro y el Partido Comunista del Brasil.
Con igual propósito se manifestaron movimientos sociales y sindicales como
la Central de Trabajadores y Trabajadoras de Brasil, el Movimiento Sin
Tierra, el Consejo Brasileño por la Paz, la Unión de Mujeres Brasileiras,
el Consejo Mundial por la Paz, la Red de intelectuales y artistas en
Defensa de la Humanidad, el Movimiento Paulista de Solidaridad con Cuba,
el Colectivo de periodistas amigos de Cuba, la Asociación Cultural José
Martí-Río Grande del Sur, la Asociación Cultural José Martí-Baixada
Santista del Estado de Sao Paulo, la Asociación Cultural José Martí-ABC
paulista del Estado de Sao Paulo, el Comité Carioca de Solidaridad con
Cuba del Estado de Río de Janeiro y la Asociación Cultural José
Martí-Espírito Santo.
- El Jefe del
Departamento de Información y Diplomacia Digital, Secretario de Prensa del
Ministerio de Relaciones Exteriores de Belarús, Anatoly Glaz, a nombre de
la Cancillería bielorrusa emitió contundentes declaraciones en rechazo al
recrudecimiento del bloqueo contra Cuba. Asimismo, recordó que la mayoría
de los Estados miembros de la ONU se oponen sistemáticamente a las medidas
de bloqueo económico, comercial y financiero y, en este caso particular,
también condenan la introducción de nuevas medidas coercitivas
unilaterales contra Cuba.
- Keiji Furuya,
Presidente de la Liga Parlamentaria de Amistad Cuba-Japón, en reunión de
trabajo con el Embajador cubano en ese país, reiteró el apoyo de esa
organización al reclamo de Cuba por el fin del bloqueo y reafirmó la
profunda preocupación por el carácter extraterritorial del mismo, que
viola la legislación de terceros Estados, incluido Japón.
Luego del anuncio por
parte del gobierno de Donald Trump de la activación del Título III de la Ley
Helms-Burton, acción sin precedentes que refuerza el bloqueo económico,
comercial y financiero contra Cuba, numerosos actores internacionales han
expresado su rechazo:
- La Alta
Representante de Asuntos Exteriores de la Unión Europea (UE), Federica
Mogherini, afirmó a través de un comunicado que su bloque regional lamenta
profundamente el recrudecimiento del bloqueo contra Cuba mediante la
activación por EE.UU. del Título III de la Ley Helms-Burton, por
considerarla contraria al Derecho Internacional. Asimismo, expresó que
para la UE la aplicación extraterritorial de medidas restrictivas
unilaterales es ilegal, por lo que recurrirán a todas las medidas
adecuadas para abordar las consecuencias, incluidos sus derechos en la
Organización Mundial del Comercio y el uso del Reglamento 2271/96 del
Consejo Europeo.
- Lu Kang, vocero
del Ministerio de Relaciones Exteriores de China, anunció la oposición de
su país a las medidas unilaterales de EE.UU. que refuerzan el bloqueo y
constituyen el principal obstáculo al desarrollo socioeconómico y al
bienestar de Cuba.
- En el marco de
su visita a Cuba en abril de 2019, María Fernanda Espinosa, presidenta del
73 período de sesiones de la AGNU, ratificó que las sanciones unilaterales
contravienen los principios del Derecho Internacional y que el apoyo
brindado por la comunidad internacional a Cuba en su batalla contra el
bloqueo, es una muestra del rechazo casi unánime a esta política y de la
necesidad de que se respete el derecho de Cuba al desarrollo.
- El gobierno
británico calificó de extraterritorial e ilegal la decisión de EE.UU. de
permitir que sus ciudadanos entablen demandas contra empresas extranjeras
que operan en Cuba por “traficar” con propiedades nacionalizadas. En la
nota emitida, el gobierno británico aseguró que continuará trabajando de
forma conjunta con sus pares europeos para proteger los intereses de sus
empresas.
- El Relator
Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre las repercusiones negativas
de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos
humanos, Idriss Jazairy, denunció el 6 de mayo de 2019 el bloqueo de
EE.UU. contra Cuba. El experto resaltó que el uso de sanciones económicas
con fines políticos viola los derechos humanos y las normas de
comportamiento internacional, a la vez que afirmó que la aplicación
extraterritorial de sanciones unilaterales es claramente contraria al
Derecho Internacional.
- La Agrupación de
Argentinos Graduados en Cuba (AAGC) repudió, en un comunicado público, su
rechazo a las intenciones de EE.UU. de aplicar el Título III de la Ley
Helms-Burton y recrudecer el bloqueo económico, comercial y financiero que
intenta asfixiar y frenar el desarrollo de Cuba. Los argentinos graduados
en la Isla exhortaron a EE.UU. a respetar las resoluciones adoptadas en el
seno de la Asamblea General, las cuales exigen el inmediato levantamiento
del bloqueo.
- La Cámara de
Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia
divulgó una Declaración de censura a la implementación del Título III
de la Ley Helms-Burton, el cual recrudece el bloqueo económico, comercial
y financiero de EE.UU. a Cuba. El órgano legislativo aprobó su enérgico y
categórico rechazo a este nuevo paso de la administración estadounidense,
que atenta contra los derechos y el desarrollo armónico que el pueblo
cubano merece.
- En su 50º
Asamblea General, la asociación belga “Los amigos de Cuba”, condenó la
política de agresión contra la Isla llevada a cabo por el gobierno de
EE.UU. y manifestó que se une a las protestas registradas en el mundo
entero contra la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, porque
podría afectar a empresas europeas o de otros países presentes en la nación
caribeña, una muestra más del alcance extraterritorial del bloqueo. La
organización, además, solicitó al gobierno de Bélgica y a la Unión
Europea, poner en práctica todos los mecanismos disponibles para apoyar a
sus ciudadanos y empresas, así como para oponerse a todos los procesos
jurídicos que se abran en EE.UU.
- La Coordinadora
Ecuatoriana por la Paz, la Soberanía, la Integración y la No Injerencia,
que agrupa diversas organizaciones sociales como la Red de Intelectuales y
Artistas en Defensa de la Humanidad, el Movimiento Revolución Ciudadana,
la Red de Mujeres Transformando la Economía, la Federación Ecuatoriana de
Indios y el Diálogo Sur-Sur/LGBT-Ecuador, definió de grave la aplicación
del Título III de la Ley Helms-Burton y repudió el endurecimiento de las
sanciones desde la Casa Blanca hacia entidades y países que mantienen
relaciones comerciales, económicas y financieras con Cuba, lo que busca su
aislamiento. Recordó que esas prácticas injerencistas habían sido
denunciadas reiteradamente por diversos bloques como la Unión Europea, el
G-77 más China y el Movimiento de Países No Alineados.
- La Coordinadora
Ecuatoriana de Amistad y Solidaridad con Cuba se sumó también al rechazo
internacional por la decisión del gobierno de EE.UU. de aplicar el Título
III de la Ley Helms-Burton contra Cuba. Señaló que dicho engendro jurídico
fue diseñado para entorpecer las crecientes relaciones económicas y
comerciales de Cuba con el mundo, por lo cual es violatorio del Derecho
Internacional y de las normas rectoras del comercio y la inversión.
- En una nota de
prensa dirigida al Embajador cubano en Irán, el presidente de la
Asociación de Amistad Irán-Cuba, Hadi Khansari, condenó las amenazas y
presiones de EE.UU. contra la Isla caribeña y consideró al bloqueo como el
conjunto de sanciones más duras y severas en la historia contemporánea.
- El reverendo Jim
Winkler, máxima autoridad del Consejo Nacional de Iglesias de Cristo en
los EE.UU., presentó una declaración de principios con el objetivo de
pedir el fin del bloqueo y abogar por la normalización de las relaciones
entre ambos países. Expresó su oposición a la administración de Donald
Trump por las nuevas restricciones de los viajes entre Cuba y EE.UU. y por
la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, acción que busca
empeorar la calidad de vida del pueblo cubano.
- El Movimiento
Argentino de Solidaridad con Cuba (MasCuba) rechazó la decisión del
gobierno de EE.UU. de activar el Título III de la Ley Helms-Burton, que
agrava el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba desde
hace casi seis décadas. En un comunicado, el grupo de solidaridad señaló
que la entrada en vigor de dicho acápite no solo afectaría a la Isla, sino
también a compañías de terceros países con importantes inversiones en
sectores como el turismo, la minería y el energético. De igual forma,
resaltó que esas nuevas agresiones mostraban la desesperación imperial
ante la resistencia continental, encabezada por el ejemplo de Cuba, a su
plan de recolonización.
- La vocera de la
Cancillería vietnamita, Le Thi Thu Hang, reiteró el histórico apoyo de ese
país a Cuba y su oposición al bloqueo de EE.UU., en momentos en que la
administración de Donald Trump arrecia las medidas de asfixia económica
contra la Isla.
- Los países de la
CARICOM, reunidos en la Vigésima Segunda Reunión del Consejo de Relaciones
Exteriores y de la Comunidad (COFCOR), celebrada del 13 al 14 de mayo en
Granada, emitieron una declaración en la que se reitera el firme apoyo de
la Comunidad al levantamiento del bloqueo contra Cuba.
- Theresa Clair
Clarice Charles, Embajadora de Granada y Decana del Cuerpo Diplomático
caribeño en Cuba, expresó que el bloqueo de EE.UU. a la Isla es una
imposición descorazonada, cruel y malvada, que intenta doblegar la
resistencia de un pueblo que ha luchado contra el colonialismo, el
neocolonialismo y el imperialismo. Resaltó que a pesar de las dificultades
que crea el bloqueo, Cuba no ha tenido dudas a la hora de ayudar al
desarrollo de países del tercer mundo, pobres y vulnerables.
- El Presidente
del Comité de Relaciones Internacionales, Defensa y Seguridad del Mazhilis
de Kazajstán, Yerman Mukhtar T., reiteró al Embajador cubano en el país
euroasiático el apoyo de ese órgano legislativo a Cuba ante el
recrudecimiento del bloqueo y el incremento de la agresividad del gobierno
de los EE.UU. El funcionario subrayó que Kazajstán está a favor de la paz,
el diálogo respetuoso, la igualdad soberana de los Estados y la seguridad
en las relaciones internacionales, así como de la no injerencia en los
asuntos internos de los Estados y el respeto a la soberanía y la
autodeterminación de los pueblos.
- La Asociación de
Amistad con Cuba en San Vicente y las Granadinas emitió una firme
declaración de condena a las más recientes sanciones impuestas por los
EE.UU contra Cuba.
- Mediante un
comunicado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el gobierno mexicano
rechazó la decisión de la administración de Donald Trump de aplicar a
Cuba, íntegramente, la Ley Helms-Burton. En la nota oficial se trasmitió
la seguridad de que, a pesar de que la medida puede afectar a empresas
extranjeras que hacen negocios en y con Cuba, ese gobierno protegerá a las
empresas mexicanas que tienen intereses de negocios con la Isla.
- En el mes de
mayo, la Duma rusa aprobó una resolución de condena a la activación del
Título III de la Ley Helms-Burton. En el texto, se repudia el
levantamiento de la moratoria sobre el efecto del Título III de la
legislación anticubana, que constituye una invasión manifiesta de la
soberanía no solo de la mayor de las Antillas, sino también de los Estados
que cooperan activamente con ese país.
- El 22 de mayo de
2019, se aprobó en la 109° sesión del Consejo de Ministros del Grupo ACP,
una declaración para condenar el bloqueo económico, comercial y financiero
contra Cuba. El documento resalta que el bloqueo constituye el principal
obstáculo para la implementación de la Agenda 2030 en nuestro país y exige
su inmediato e incondicional levantamiento. Asimismo, denuncia la
activación del Título III de la Ley Helms-Burton y sus efectos
extraterritoriales.
- El
14 de junio de 2019, en la VI Reunión de Ministros de Relaciones
Exteriores de la CARICOM y Cuba, fue aprobada una declaración en la
que se rechaza el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por
los Estados Unidos contra Cuba y se denuncian las nuevas medidas de
recrudecimiento de esta política, incluyendo la activación del Título III
de la Ley Helms-Burton.
Conclusiones
El bloqueo económico,
comercial y financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba por
casi seis décadas, es el sistema de sanciones unilaterales más injusto, severo
y prolongado que se ha aplicado contra país alguno. Es, en su esencia y
objetivos, un acto de agresión unilateral y una amenaza permanente contra la
estabilidad de nuestro país. Desde abril de 2018 hasta marzo de 2019, esta
política continuó recrudeciéndose, con especial énfasis en su dimensión
extraterritorial.
Desde abril de 2018
hasta marzo de 2019, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de los 4
mil 343, 6 millones de dólares. El significativo impacto negativo de la
aplicación de las medidas adoptadas recientemente por los Estados Unidos para
recrudecer el bloqueo contra Cuba no está contabilizado en el presente informe,
por exceder el cierre del periodo analizado. Esta información estará recogida
en el documento que se presentará el próximo año.
A precios corrientes,
los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política
alcanzan la cifra de 138 mil 843, 4 millones de dólares. Tomando en cuenta
la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional,
el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de 922 mil 630
millones de dólares, valor que representa un decrecimiento del 1,2 por
ciento con respecto al período anterior, debido a la disminución del precio del
oro en 1,6 por ciento.
Esta política
impuesta por el gobierno de los EE.UU. es el principal obstáculo para el
desarrollo de la economía cubana y el pleno disfrute de todos los derechos
humanos del pueblo de Cuba y constituye un grave desafío para la implementación
de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. Resultan
incalculables los daños humanos que ha producido la aplicación de estas
sanciones. No hay familia cubana ni sector en el país que no haya sido víctima
de sus efectos. Más del 77 por ciento de la población cubana ha nacido y
crecido bajo el cerco económico que impone Washington.
En el período
analizado, la persecución financiera en las jurisdicciones de diversos países
continuó fortaleciéndose. Se registraron limitaciones impuestas al sistema
bancario cubano por parte de 140 bancos extranjeros. Además, la Oficina de
Control de Activos Cubanos y otras agencias estaduales de EE.UU. impusieron
multas a varias compañías de terceros países por violar diferentes programas de
sanciones, incluyendo las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos.
Las restricciones a
los viajes a Cuba, anunciadas por los Departamentos del Tesoro y el Comercio el
pasado mes de junio, reflejaron el propósito del actual gobierno estadounidense
en dar continuidad a la política de recrudecimiento del bloqueo. Tales cambios
regulatorios no solo son contrarios a la opinión mayoritaria de los
estadounidenses que favorecen los vínculos comerciales con Cuba, sino que
atentan directamente contra el emergente sector privado cubano. El propósito
sigue siendo asfixiar a la economía cubana e imponer obstáculos adicionales a
su desarrollo.
La continua
aplicación de la Ley Helms-Burton por parte del gobierno de los EE.UU. constituye
una muestra indiscutible de su escalada agresiva contra Cuba. El objetivo de
esta normativa es perjudicar la economía del país y, con ello, derrocar la
Revolución Cubana. Dicha pretensión tiene su línea de continuidad en los
disímiles instrumentos y mecanismos empleados durante 12 gobiernos
estadounidenses diferentes, en aras de imponer un gobierno a su medida en Cuba,
recuperar su dominio sobre la Isla e incorporarla a su estrategia geopolítica.
La Ley Helms-Burton
viola normas y principios del Derecho Internacional como la libre determinación
de los pueblos, la libertad de comercio, la igualdad soberana y la no
injerencia en los asuntos internos de los Estados. Además, transgrede el
principio de la convivencia pacífica entre las naciones.
El bloqueo continúa
siendo una política absurda, obsoleta, ilegal y moralmente insostenible, que no
ha cumplido ni cumplirá el propósito de doblegar la decisión patriótica del
pueblo cubano de preservar su soberanía e independencia. Cuba continuará
trabajando soberanamente y sin descanso en la profundización de los objetivos
de justicia, equidad y solidaridad que sustentan el modelo cubano.
Los EE.UU. han
ignorado, con arrogancia y desprecio, las 27 resoluciones adoptadas por la
Asamblea General de la ONU que condenan el bloqueo y las numerosas y variadas
voces que, dentro y fuera de dicho país, piden el cese de esta injusta
política.
En este contexto de
especial complejidad, Cuba y su pueblo confían en continuar contando con el
apoyo de la comunidad internacional en el legítimo reclamo de poner fin al
bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los
EE.UU.
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